Asuntos legales — Cafore Abogados

Después de crear una SAS: checklist legal de los primeros 30 días

Updated June 16, 2026 · Fabio Castro Forero

Después de crear una SAS: checklist legal de los primeros 30 días

El registro de la SAS no es el final. Este checklist de 30 días ayuda a ordenar RUT, banco, libros, contratos, actas, facturación y beneficiarios finales.

Category Corporate Law Updated June 16, 2026 Author Fabio Castro Forero

Después del registro

Cierre bien el primer mes de la SAS. RUT, banco, facturación, libros, acta inicial, contratos, marca y beneficiarios finales deben quedar ordenados antes de operar fuerte.

Después de crear una SAS: checklist legal de los primeros pasos

Después de crear una SAS, muchos fundadores sienten que lo importante ya pasó. En realidad, la inscripción en la Cámara de Comercio es apenas el nacimiento de la sociedad. Lo que se defina durante sus primeros meses —los nombramientos, los libros, la primera acta, el reporte de beneficiarios finales y el pago del capital— es lo que la deja en condiciones de contratar, facturar y crecer sin tener que reconstruir documentos cuando ya hay dinero o socios de por medio.

La SAS se constituye por documento privado inscrito en la Cámara de Comercio y se convierte en persona jurídica distinta de sus accionistas justo al inscribirse (arts. 5 y 2, Law 1258 of 2008). Desde ese momento tiene patrimonio propio, puede obligarse y responde con sus bienes; sus accionistas, en cambio, responden solo hasta el monto de sus aportes (art. 1). Esa separación —la razón de ser de la figura— solo se sostiene si la empresa se administra con orden desde el primer día: caja separada, decisiones documentadas y registros al día. Esta guía recorre, paso a paso, lo que conviene cerrar tras el registro, con la norma que respalda cada decisión y, donde aporta, la doctrina de la Superintendencia de Sociedades.

In briefTras crear la SAS, el primer objetivo es convertir el registro en una empresa operativa y ordenada. En lo legal hay cinco piezas que no conviene aplazar: inscribir y hacer aceptar el nombramiento del representante legal (art. 26, Law 1258 of 2008); registrar los libros que correspondan; dejar la primera acta de la asamblea respetando la convocatoria (art. 20) y el quórum y las mayorías (art. 22); reportar a los beneficiarios finales en el RUB de la DIAN (art. 631-5 del Estatuto Tributario, Ley 2155 de 2021, y Resolución DIAN 000164 de 2021); y pagar el capital suscrito dentro del plazo máximo de dos años (art. 9). Todo ello sobre una base de gobierno y contabilidad que no mezcle la caja de la sociedad con la del fundador.

The central idea

El objetivo del primer mes

No se trata de llenar papeles por llenar. Se trata de que la SAS pueda contratar, facturar, abrir cuenta bancaria, tomar decisiones válidas, separar su patrimonio del de los socios y cumplir sus obligaciones sin tener que reconstruir documentos meses después. La ley le entrega a la SAS una estructura flexible, pero esa flexibilidad solo protege cuando va acompañada de orden: una sociedad bien constituida pero mal administrada pierde, en la práctica, buena parte de las ventajas por las que se eligió la figura.

Conviene tener presente por qué importa cada cosa. La SAS es una separate legal entity de sus accionistas (art. 2): tiene su propio NIT, su propia cuenta y su propio patrimonio. Esa distinción es la que limita la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes (art. 1), pero es también la primera que se debilita cuando los pagos entran a cuentas personales, cuando se firma con un nombre que no es la razón social o cuando las decisiones importantes se toman de palabra. Hay, además, una lógica de secuencia que conviene respetar: primero se verifica que la sociedad quedó bien registrada; luego se habilita la operación tributaria, bancaria y contractual; y, en paralelo, se deja evidencia de las decisiones, los activos y las responsabilidades. Saltarse el primer paso para correr al tercero es la causa más común de los problemas que aparecen después, cuando el banco pide soportes o entra un inversionista que revisa todo con lupa.

A direct answer

¿Qué debe pasar en los primeros 30 días de una SAS?

Después de crear una SAS, el objetivo del primer mes es convertir el registro en una empresa operativa: revisar el certificado y los estatutos, confirmar e inscribir el nombramiento del representante legal, activar el RUT y el NIT, abrir la cuenta bancaria, organizar la facturación, inscribir o preparar los libros que correspondan, documentar las decisiones iniciales en acta, ordenar los contratos base, reportar a los beneficiarios finales ante la DIAN cuando corresponda y separar de forma clara los activos personales de los activos sociales.

El riesgo de los primeros 30 días no es solo olvidar un trámite. Es empezar a vender, contratar, pagar y recibir dinero sin soportes. Lo que se haga —o se deje de hacer— en ese primer mes deja huella para bancos, DIAN, socios, inversionistas, clientes y eventuales conflictos. Por eso conviene avanzar en orden:

  • Primero se verifica que la sociedad quedó bien registrada y que el representante legal aceptó e inscribió su nombramiento.
  • Luego se habilita la operación tributaria, bancaria y contractual sobre esa base verificada.
  • Finalmente se deja evidencia de las decisiones, los activos y las responsabilidades, y se reportan los beneficiarios finales.

Si ya registró la SAS o está a punto de hacerlo, una revisión ordenada de los primeros 30 días ayuda a cerrar vacíos antes de firmar contratos o recibir pagos importantes. No es burocracia: es lo que hace que la responsabilidad limitada y la formalidad de la sociedad sean reales y no solo nominales.

The full map

Checklist legal de los primeros 30 días

Esta tabla ordena el arranque por momentos aproximados. Las fechas son una guía de prioridad, no un plazo legal: lo importante es la secuencia —verificar, habilitar y documentar— y que ninguna pieza quede sin responsable.

Día aprox.AcciónWhy it matters
1 a 3Revise el certificado, los estatutos y los datos registrados.Detecta errores de nombre, domicilio, capital o representante legal antes de operar.
1 a 5Confirme la aceptación e inscripción del representante legal (art. 26).Sin nombramiento inscrito y aceptado, quien firma puede no obligar válidamente a la sociedad.
1 a 7Active el RUT/NIT y confirme las responsabilidades tributarias.Sin esto, la facturación y el cumplimiento empiezan con datos incorrectos.
1 a 10Abra la cuenta bancaria empresarial.Separa la caja de la sociedad de la caja personal (arts. 1 y 2).
5 a 15Organice la facturación, la contabilidad y el calendario tributario.Evita ventas sin soporte o pagos desordenados.
10 a 20Inscriba o prepare los libros que correspondan.Permite registrar actas y dar trazabilidad societaria a las decisiones.
10 a 25Prepare los contratos base con clientes, proveedores y aliados.Evita vender o contratar con condiciones improvisadas.
15 a 30Reporte beneficiarios finales (RUB) y ordene marca, dominio y activos.Cumple la obligación con la DIAN y protege el valor futuro de la empresa.

Dos casillas suelen subestimarse y se desarrollan más adelante: la aceptación e inscripción del representante legal —mientras el nombramiento no esté inscrito y aceptado, frente a terceros sigue figurando lo que diga el registro (art. 164 del Código de Comercio)— y el reporte de beneficiarios finales en el RUB, que no depende de que la empresa ya esté facturando.

Pequeña, pero poderosa

Acta inicial: pequeña, pero poderosa

Después de crear una SAS conviene dejar acta de las decisiones iniciales, sobre todo de aquellos temas que la constitución no resolvió con suficiente claridad. Una primera acta bien hecha puede aprobar la apertura de la cuenta bancaria, autorizar la firma de los primeros contratos, ratificar o complementar nombramientos, fijar reglas internas de firma, ordenar la transferencia de activos del fundador a la sociedad, definir el uso de la marca, establecer una política de gastos y designar responsables administrativos. Parece un documento menor; en seis meses puede ser la prueba que evita una discusión.

Para que esa acta tenga valor, debe respetar las reglas de la asamblea. La convocatoria exige, salvo que los estatutos amplíen el plazo o que se reúna la totalidad de las acciones, una antelación mínima de cinco días hábiles (art. 20). El quórum se forma, salvo estipulación distinta, con la mitad más una de las acciones suscritas, y las decisiones se adoptan con la mayoría de los votos presentes (art. 22). Lo esencial es que la decisión quede documentada y firmada por quien corresponda.

Una guía oficial para resolver las dudas del arranque

La Superintendencia de Sociedades publica la cartilla "Cien preguntas y respuestas sobre la SAS" (a hundred questions and answers on the SAS), una fuente general pensada justamente para fundadores y administradores que están dando los primeros pasos. Es útil para entender, en lenguaje claro, cómo funcionan la asamblea, los nombramientos, los libros y las decisiones iniciales. Conviene recordar que se trata de una guía orientadora —los conceptos de la Superintendencia son generales y no de obligatorio cumplimiento (art. 28 del CPACA)—, pero refleja el criterio de la autoridad que vigila a las sociedades y ayuda a anticipar cómo se leería una situación concreta.

Consultar "Cien preguntas y respuestas sobre la SAS" →

Lo que más se repite

Errores de los primeros 30 días

No suelen ser errores escandalosos. Son atajos que parecen razonables cuando hay prisa por empezar a operar y que reaparecen cuando ya hay dinero, soportes que faltan o un socio inconforme. Estos son los más frecuentes:

  • Recibir pagos en cuentas personales porque la cuenta empresarial todavía no está abierta, debilitando la separación patrimonial que sostiene la responsabilidad limitada (art. 1).
  • Firmar contratos con el nombre comercial y no con la razón social correcta, de modo que después no queda claro quién se obligó.
  • No revisar las responsabilidades del RUT antes de facturar, lo que obliga a correcciones posteriores.
  • Operar con un representante legal cuyo nombramiento no se inscribió o no se aceptó formalmente (art. 26).
  • Usar una marca sin verificar su disponibilidad ni definir un plan de registro.
  • No dejar actas de las decisiones de los socios o del representante legal, perdiendo la prueba de quién autorizó qué.
  • Contratar a familiares, aliados o freelancers sin contrato y sin reglas claras de propiedad intelectual.

La base razonable

Contratos mínimos para empezar mejor

La empresa no necesita una biblioteca infinita de documentos, pero sí una base razonable para no improvisar en cada negociación. Para muchas SAS nuevas conviene tener a la mano un contrato de prestación de servicios o de venta, unos términos comerciales, un acuerdo de confidencialidad, un contrato con aliados o contratistas, una política simple de tratamiento de datos cuando aplique y un formato de acta para las decisiones societarias.

Estos contratos cumplen una función que va más allá de "tener papeles": son la forma en que la sociedad —no la persona del fundador— asume y delimita sus obligaciones. Cuando el contrato lo firma la SAS, representada por quien tiene facultades para ello (art. 26), el negocio queda en cabeza de la empresa y su patrimonio; cuando lo firma el fundador a título personal o con un nombre comercial sin respaldo, la línea entre la persona y la sociedad se borra. Por eso conviene que cada documento identifique con precisión a la SAS, su NIT y a su representante legal.

Semana 1

Semana 1: confirmar que la sociedad nació bien

La primera semana no debería gastarse solo celebrando el certificado: hay que leerlo. El nombre con la sigla SAS, el domicilio, el representante legal, el objeto, el capital, las facultades y los datos de registro deben coincidir con la estrategia y con lo que los socios efectivamente acordaron. Si hay errores, es mucho más barato corregirlos ahora —antes de abrir cuentas, firmar contratos o emitir facturas— que cuando ya se construyó sobre un dato equivocado.

Vale la pena detenerse en dos verificaciones. La primera es el nombramiento del representante legal: el artículo 26 permite que los estatutos definan sus facultades y sus límites, de modo que conviene confirmar no solo quién es, sino hasta dónde puede obligar a la sociedad sin autorización de la asamblea, y dejar constancia de la aceptación del cargo. La segunda es el capital: el artículo 9 distingue el capital autorizado, el suscrito y el pagado, y permite diferir el pago de lo suscrito; conviene cotejar esas cifras del certificado con los aportes que realmente se hicieron, para que el registro refleje la realidad.

  • Descargar el certificado de existencia y representación legal actualizado.
  • Comparar el certificado con los estatutos y con el documento de constitución.
  • Confirmar los datos del representante legal, el domicilio y la actividad, y verificar la aceptación del cargo (art. 26).
  • Revisar el capital autorizado, suscrito y pagado frente a los aportes reales (art. 9).
  • Crear una carpeta digital única, con control de versiones y acceso restringido, para estatutos, certificado, recibos y comunicaciones.

Semana 2

Semana 2: ordenar RUT, facturación, banco y caja

La segunda semana suele definir si la empresa tendrá una separación patrimonial real. Si los primeros pagos entran a cuentas personales, si se factura desde la entidad equivocada o si las responsabilidades tributarias se entienden tarde, la SAS empieza con un desorden que después cuesta corregir. Aquí hay un punto jurídico de fondo, no solo administrativo: la sociedad es una persona distinta con patrimonio propio (arts. 1 y 2), de modo que mantener su caja separada de la de los socios no es una costumbre opcional, sino la condición práctica para que la responsabilidad limitada se sostenga. La cuenta bancaria empresarial, el RUT, la facturación y el calendario tributario deben conversar con el contador y con la realidad comercial de la empresa.

TareaQué revisarRiesgo si se aplaza
RUT y NITResponsabilidades, actividad económica, dirección, representante y datos de contacto.Facturación o reportes con información incorrecta.
Cuenta bancariaRequisitos, beneficiarios, autorizados y política de pagos.Mezcla de caja personal y empresarial (arts. 1 y 2).
FacturaciónHabilitación, numeración, software y flujo de aprobación.Ventas sin soporte o correcciones posteriores.
CalendarioImpuestos, renovación mercantil, reportes y obligaciones periódicas.Vencimientos que nadie tenía asignados.

Semana 3

Semana 3: contratos, actas y libros

Cuando la empresa ya puede recibir pagos, necesita los documentos que ordenan su operación. No se requiere una biblioteca interminable, pero sí los contratos base para clientes, proveedores, aliados y contratistas, además de los formatos de acta y la revisión de los libros o registros que correspondan. Las decisiones iniciales pueden parecer obvias hoy; en seis meses serán decisivas si entra un socio, aparece un inversionista o surge un conflicto.

The libros merecen atención especial porque son el soporte de la trazabilidad societaria. El libro de actas conserva las decisiones de la asamblea y el de registro de accionistas refleja quién es titular de las acciones y permite acreditar la composición del capital. Llevarlos al día no es un capricho formal: es lo que permite probar, frente a un banco, un inversionista o una autoridad, que las decisiones se tomaron con quórum y mayorías válidas (arts. 20 y 22) y que la titularidad de las acciones está clara.

1Acta de arranque. Autoriza la cuenta bancaria, la política de firma, los primeros contratos, los responsables internos y la transferencia de activos del fundador a la sociedad, respetando la convocatoria y las mayorías (arts. 20 y 22).
2Contrato con clientes. Define alcance, precio, pagos, entregables, confidencialidad, tratamiento de datos, responsabilidad y terminación, siempre a nombre de la SAS.
3Contrato con proveedores. Evita compras sin condiciones, entregas ambiguas o dependencia de un aliado crítico sin reglas claras.
4Contratistas y equipo. Regula la propiedad intelectual, la confidencialidad, los entregables, los pagos y el tratamiento de la información.
5Libros y archivo. Organiza actas, registro de accionistas, soportes contables y trazabilidad societaria desde la primera decisión.
6Política de gastos. Diferencia los gastos sociales de los reembolsos, anticipos, préstamos y pagos personales, para no confundir las dos cajas.

Semana 4

Semana 4: activos, beneficiarios finales y crecimiento

En la cuarta semana conviene revisar lo que hará valiosa a la empresa: la marca, el dominio, el software, las bases de datos, los contratos, el inventario y las licencias. Crear una SAS no registra automáticamente la marca ni transfiere a la sociedad los activos que estaban en cabeza del fundador; si son relevantes, deben cederse, licenciarse o protegerse con una ruta clara, para que la empresa no crezca sobre algo que, jurídicamente, no controla. Si el negocio venía operando a nombre suyo, esa mudanza se planea antes: vea cómo pasar de persona natural a SAS sin romper contratos.

Esta semana es también el momento natural para resolver el reporte de beneficiarios finales en el Registro Único de Beneficiarios (RUB). La obligación nace del artículo 631-5 del Estatuto Tributario, incorporado por la Ley 2155 de 2021, y la Resolución DIAN 000164 de 2021 la reglamenta: las personas jurídicas deben identificar y reportar a quienes, en última instancia, son dueñas o controlan la sociedad. No es un trámite que dependa de que la empresa ya facture; es una obligación de transparencia que conviene atender pronto y coordinar con la asesoría tributaria, sobre todo cuando la estructura de control no es evidente a simple vista.

Beneficiarios finales: qué reporta la SAS y por qué

The Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) busca que el Estado conozca quién controla realmente a cada persona jurídica. Para una SAS, esto implica identificar a las personas naturales que poseen o controlan la sociedad —directa o indirectamente— y reportarlas a la DIAN según las reglas de la Resolución 000164 de 2021. Mantener ese reporte actualizado es parte del cumplimiento ordinario de la empresa y conviene que la realidad del control coincida con lo que dicen los estatutos y el libro de registro de accionistas.

Consultar la presentación oficial del RUB (DIAN) →

Antes de cerrar el mes

Preguntas antes de cerrar el primer mes

Antes de dar por cerrado el arranque, vale la pena responder con franqueza unas cuantas preguntas. Marque cada punto a medida que lo resuelva; lo que quede sin marcar es justo lo que conviene definir antes de firmar contratos grandes o recibir pagos importantes:

  • Cuenta y autorizados: ¿la empresa ya tiene cuenta bancaria propia y una política de quién puede autorizar pagos?
  • Contratos a nombre de la SAS: ¿los primeros contratos están a nombre correcto de la sociedad y firmados por quien tiene facultades (art. 26)?
  • Pago del capital: ¿los socios pagaron o documentaron sus aportes, dentro del plan de pago del capital suscrito (art. 9)?
  • Decisiones en acta: ¿existe un acta que respalde las decisiones iniciales importantes, tomada con quórum y mayorías válidas (arts. 20 y 22)?
  • Titularidad de los activos: ¿la marca, el dominio y los activos digitales están a nombre de la sociedad o de una persona natural?
  • Beneficiarios finales: ¿la empresa tiene claro quién reporta y actualiza a los beneficiarios finales ante la DIAN?
  • Calendario de obligaciones: ¿hay un calendario de impuestos, renovación mercantil, reportes y obligaciones periódicas, con responsables asignados?

What goes unnoticed

Errores que contaminan el arranque

Los descuidos del arranque rara vez explotan de inmediato; suelen aparecer cuando el banco pide soportes, el contador reconstruye operaciones, un socio se retira o un cliente reclama. Lo que tienen en común —recibir dinero en cuentas personales, firmar con el nombre comercial, prometer acciones sin acta o dejar el archivo societario en chats dispersos— es que debilitan, de a poco, la separación entre la persona y la sociedad que la ley quiso crear (arts. 1 y 2).

El primer mes es también el momento de definir las responsabilidades internas: quién conserva los documentos, quién habla con el contador, quién aprueba los gastos, quién firma los contratos y quién actualiza los datos oficiales. Si sostener esa rutina ya le exige criterio jurídico cada mes, evalúe un acompañamiento legal permanente para la empresa. Una SAS joven no necesita burocracia pesada, pero sí una rutina mínima de control. Conviene recordar, además, que los administradores responden conforme a la Ley 222 de 1995 (arts. 23 y 24): actuar con diligencia y dejar rastro de las decisiones no es solo orden, es la forma de cumplir ese deber.

De un vistazo

Semáforo de prioridad para los primeros 30 días

Cuando hay muchas tareas a la vez, ayuda saber qué no puede esperar. Este semáforo agrupa el arranque por prioridad: lo que conviene resolver antes de operar fuerte, lo que construye trazabilidad y lo que protege el valor futuro de la empresa.

PriorityAcciónRazón
AltaRUT, NIT, banco, facturación, representante legal inscrito y contratos antes de vender fuerte.Sin esto, la operación genera correcciones y riesgos de soporte (arts. 9 y 26).
MediaLibros, actas, política de firma y beneficiarios finales.Construye trazabilidad para socios, bancos y autoridades (arts. 20, 22 y 631-5 ET).
EstratégicaMarca, dominio, software, datos y acuerdos con socios.Protege el valor que la empresa intentará escalar.

Further reading

Related reading and services

Si quiere ordenar el arranque de su SAS con apoyo profesional o entender el panorama completo antes de avanzar, estas lecturas y servicios pueden ayudarle:

Si la empresa ya usa un nombre, un logo, un dominio o un signo distintivo, conviene evaluar pronto su protección ante la autoridad marcaria: crear la sociedad no equivale a registrar la marca, y dejar ese activo sin proteger es uno de los descuidos más costosos del arranque.

So you can check it yourself

Sources and legislation cited

Content prepared by Cafore Abogados for general guidance in Colombia. The specific strategy depends on the documents, the city of registration, the partners, the business activity and the decisions still pending. Last editorial review: June 2026.

Después del registro

Cierre bien el primer mes de su SAS

Cafore puede revisar el checklist de arranque, dejar lista la primera acta, preparar los contratos base y ordenar el pago del capital y el reporte de beneficiarios finales, para que su SAS empiece a operar con orden jurídico y patrimonio separado. Mejor ordenarlo en calma que reconstruirlo cuando el banco, el contador o un socio pidan soportes.

We answer your questions

Frequently asked questions about corporate law

What is a SAS and why is it the most widely used corporate form in Colombia?
The Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) is a corporate form created by Ley 1258 de 2008 that is incorporated by private document, admits a single shareholder and offers broad flexibility in its bylaws. Its popularity is due to the fact that shareholders are liable only up to the amount of their contributions and that the bylaws can be widely adapted to the needs of each business project.
How is a SAS incorporated in Colombia, step by step?
A SAS is incorporated by private document with notarized signatures, or by public deed (escritura pública) where assets subject to registration are contributed, under article 5 of Ley 1258 de 2008. That document must be filed with the Registro Mercantil (commercial registry) of the Cámara de Comercio (chamber of commerce) for the company's main domicile, at which point the company acquires legal personality.
Are the shareholders of a SAS liable with their personal assets for the company's debts?
Conforme al artículo 1 de la Ley 1258 de 2008, los accionistas responden hasta el monto de sus respectivos aportes, de modo que su patrimonio personal queda separado del de la sociedad. Sin embargo, esa protección puede desestimarse si se acredita que la sociedad fue usada en fraude a la ley o en perjuicio de terceros (Supersociedades, proc. 2020-800-00006 (Ardila c. Mayax)), figura conocida como levantamiento del velo corporativo.
Which clauses are mandatory in the bylaws of a SAS?
El artículo 5 de la Ley 1258 de 2008 exige que los estatutos contengan razón social, domicilio, término de duración (si no fuere indefinido), objeto social (que puede quedar indeterminado), capital autorizado, suscrito y pagado, forma de administración y causales de disolución si se quiere pactar alguna. La ausencia de alguno de estos elementos puede generar problemas de registro o de validez de la actuación societaria posterior.
¿Puedo facturar apenas registro la SAS?
La sociedad ya existe como persona jurídica desde su inscripción (art. 2 de la Ley 1258 de 2008), pero antes de facturar conviene revisar el RUT y el NIT, la habilitación de facturación y las obligaciones tributarias aplicables. Facturar sin tener claro el estado tributario puede generar correcciones innecesarias.
¿Qué libros necesita una SAS?
Depende de la operación y de las obligaciones aplicables, pero suelen revisarse los libros societarios —como el de actas y el de registro de accionistas— y los contables, coordinando su inscripción y manejo con la Cámara de Comercio y la contabilidad. Llevarlos al día desde la primera decisión es lo que permite probar que las actas se adoptaron con quórum y mayorías válidas (arts. 20 y 22).
¿Cuándo debo pagar el capital suscrito?
El artículo 9 de la Ley 1258 de 2008 permite diferir el pago de las acciones suscritas, con un plazo máximo de dos años. Conviene dejar por escrito —en acta o en los estatutos— cómo y cuándo se completará ese pago, para que el capital pagado que figura en el registro coincida con la realidad y para evitar discusiones si un socio no aporta a tiempo.
¿Debo registrar la marca apenas creo la SAS?
No necesariamente el mismo día, pero sí conviene evaluar pronto si el nombre comercial o la marca tendrán valor para el negocio. Crear la sociedad no equivale a registrar una marca ante la autoridad marcaria: son trámites distintos. Si la empresa ya usa un signo distintivo, dejarlo sin verificar ni proteger es un riesgo que suele descubrirse tarde.
¿Qué hago si ya recibí pagos en una cuenta personal?
No lo normalice. Reúna los soportes, explique la operación al contador, documente la transferencia o el reembolso cuando corresponda y abra cuanto antes una cuenta empresarial para los nuevos pagos. Mantener separada la caja de la sociedad de la personal es la condición práctica para que la responsabilidad limitada del artículo 1 se sostenga.
¿Cuándo debo reportar a los beneficiarios finales?
La obligación de identificar y reportar a los beneficiarios finales en el RUB nace del artículo 631-5 del Estatuto Tributario (Ley 2155 de 2021) y se reglamenta en la Resolución DIAN 000164 de 2021. Lo prudente es identificar desde el inicio quién controla o se beneficia de la empresa y coordinar el reporte con asesoría tributaria, sin esperar a que la sociedad esté facturando.
¿Necesito contratos si mis primeros clientes son conocidos?
Sí. La confianza ayuda a vender, pero el contrato define el alcance, los pagos, los entregables, la propiedad intelectual, la confidencialidad y la terminación; los negocios entre conocidos sin contrato suelen producir conflictos difíciles de probar. Además, firmar a nombre de la SAS —no del fundador— es lo que mantiene la operación en cabeza de la sociedad.

To go deeper

Related guides

Resources that expand on the key aspects of corporate law in Colombia.

Does your company need specialized legal advice?

Structure and protect your company with specialized legal advice

At Cafore Abogados we support partners, entrepreneurs and executives in the incorporation, governance and defense of their companies against legal risks.