Published June 25, 2025 · Updated May 29, 2026 · Sergio Alvarado Pedraza

Common-Law Union in Colombia: Rights, Property and Inheritance

Guide to Common-Law Union in Colombia: Rights, Property and Inheritance: key requirements, evidence, risks and when legal advice may be needed in Colombia.

Category Family Law Published June 25, 2025 Updated May 29, 2026 Author Sergio Alvarado Pedraza
Family LawProperty CompanyCommon-Law Marriagewealth management

Family decision

Clarify your path before moving the case. An early review helps protect agreements, assets, children and evidence from the start.

Derecho de Familia · Unión Marital de Hecho

¿Cuánto tiempo de convivencia me convierte en "compañero permanente"?, ¿Qué pasa con los bienes que compramos juntos?, ¿Cómo declaro oficialmente la relación?

Estas son las preguntas jurídicas más buscadas por parejas colombianas que viven juntas sin casarse. La respuesta legal a todas ellas es: La Unión Marital de Hecho, una figura reconocida en la ley colombiana para proteger sus derechos personales y patrimoniales. A continuación, el equipo de CAFORE Abogados le cuenta lo esencial para proteger su patrimonio y sus derechos personales.

1. What is a Common-Law Union?

La Unión Marital de Hecho ("UMH") es el término jurídico utilizado para referirse a la convivencia permanente de una pareja, con ánimo de formar un proyecto de vida en común, sin que sea necesario contraer matrimonio. Desde el primer día de convivencia nace la unión; sin embargo, sus efectos patrimoniales – es decir, para que se entienda que los bienes adquiridos por ambas partes durante la convivencia son de la pareja y, por consiguiente, estén en un "bolsillo común" – solo se hacen plenamente exigibles cuando la pareja la declara formalmente, requiere un lapso de convivencia no inferior a DOS años y que los compañeros permanentes no estén impedidos para contraer matrimonio.

This figure is enshrined in Law 54 of 1990 and was streamlined by Law 979 of 2005, which created faster avenues to establish it.

2. Requirements for its legal existence

I
Convivencia real y permanente

La pareja debe vivir bajo el mismo techo y sostener una vida común, esto sucede cuando entre ambos se evidencia solidaridad, ayuda, respeto, el deber de cohabitación y presentarse ante la sociedad como una familia (Como si fueran esposos).

II
Ánimo de permanencia y singularidad

No basta la cohabitación eventual; debe existir la intención de formar un hogar; en Colombia la legislación no contempla efectos para relaciones poliamorosas de forma tal que uno de los requisitos para la existencia de la UMH radica en la singularidad de la relación afectiva romántica que nace entre dos seres humanos.

III
Plazo mínimo de dos (2) años de convivencia

Para presumir la sociedad patrimonial derivada de la unión (no para la UMH en sí, que surge desde el inicio de la convivencia).

IV
Capacidad legal

Que ninguno de los dos sea menor de edad ni esté casado. Si alguno tuvo un matrimonio anterior, para que pueda configurarse la sociedad patrimonial basta con que esa sociedad conyugal anterior esté disuelta antes del inicio de la unión —ya no se exige que, además, esté liquidada, ni que la disolución sea con un año de antelación—, según lo precisó la Corte Constitucional en las Sentencias C-700 de 2013 (eliminó la exigencia de liquidación) y C-193 de 2016 (eliminó la exigencia del año de antelación).

Sentencia C-193 de 2016 — Corte Constitucional (M.P. Luis Ernesto Vargas Silva)

La Corte revisó la norma que exige, para quienes tenían un matrimonio anterior, que la sociedad conyugal ya estuviera disuelta antes de iniciar la unión marital de hecho. Mantuvo esa exigencia de disolución previa, pero encontró que el legislador nunca explicó por qué, además, había que esperar "por lo menos un año" desde esa disolución: ese plazo se introdujo sin sustentación y obligaba a estas parejas a esperar tres años en total frente a los dos años que bastan a quienes no tuvieron ese impedimento. Por eso declaró inexequible únicamente la expresión "por lo menos un año" del literal b) del artículo 2 de la Ley 54 de 1990, por generar un trato desigual injustificado. C-193/2016 — cae el requisito del año previo.

Art. 1 y 2 — Ley 54 de 1990 (modificados por Ley 979 de 2005, art. 1)

The Common-Law Marriage is formed by two persons over 18 years of age (article 1 of Law 54), and the requirements of the property partnership are set out in article 2 of the same law, amended by article 1 of Law 979 of 2005.

3. Should I declare the Common-Law Union?

La respuesta es que sí, porque, aunque la unión existe desde el inicio de la convivencia, declararla es la llave para hacer valer derechos patrimoniales (pensión, herencia, bienes). Sin esa declaración, probar la relación ante un juez, EPS o fondo de pensiones puede tornarse difícil y costoso.

VíaResult¿Dónde se tramita?Do I Need A Lawyer?
Mutuo acuerdoActa de conciliaciónCentro de ConciliaciónOpcional
Mutuo acuerdoEscritura públicaNotary's officeOpcional
Mutuo acuerdoSentencia (Proceso verbal sumario)Juzgado de familiaNecesario
Sin acuerdoSentencia (Proceso verbal)Juzgado de familiaNecesario

Los jueces de familia conocerán de estos procesos conforme a las reglas de asignación de competencia del Código General del Proceso (CGP).

Artículo 4, Ley 54 de 1990 (modificado por el artículo 2 de la Ley 979 de 2005)

Cuando la pareja no llega a un acuerdo, la ley no deja la Unión Marital de Hecho en el limbo: el artículo 4 de la Ley 54 de 1990, modificado por la Ley 979 de 2005, señala que su existencia puede quedar establecida por tres vías —escritura pública, acta de conciliación o sentencia judicial—, y que esta última corresponde a los Jueces de Familia. En ese proceso, cualquiera de los compañeros permanentes puede acreditar la unión mediante los medios ordinarios de prueba, hoy regulados por el Código General del Proceso. No se trata de una opción que la pareja "elige" libremente, sino de una declaración que el juez profiere una vez verifica que se cumplen los presupuestos legales de la unión. Ley 979/2005, art. 2 — competencia judicial UMH.

4. What are its characteristics?

I. Flexibility: Nace sin formalidades y se adapta a realidades sociales modernas, esto debido a que no es un contrato solemne como sí lo es el matrimonio, que se rige por el Código Civil. En todo caso, se enmarca en la legislación colombiana.

Algunas pruebas que sirven para acreditar la convivencia y lograr su declaratoria, si no se pudo realizar de común acuerdo, son: declaraciones extraprocesales, testimonios de amigos o conocidos, contratos conjuntos, cuentas bancarias compartidas, correspondencia y afiliación conjunta a la seguridad social, entre otras.

II. Igualdad de derechos: As in marriage, the UMH gives rise to a range of rights and duties such as, for example, the duty of support, the duty of cohabitation and the duty of mutual aid, among others. This figure also protects the more vulnerable partner (health, pension, alimony).

III. Patrimonialidad conditional: Este es el principal efecto patrimonial que nace de la UMH. La sociedad de bienes ("sociedad patrimonial") se presume automáticamente a los dos años, pero requiere declaración para ser oponible frente a terceros. Como se mencionó, cuando dos personas han convivido por más de dos años, sus bienes se entienden comunes, entran en un "bolsillo común" fruto del trabajo en pareja, a pesar de que el bien esté a título de uno u otro.

IV. Dissolution simple: Para poder darla por terminada en caso de que los compañeros permanentes no deseen continuar con el vínculo, el ordenamiento contempla la posibilidad de disolver la sociedad patrimonial de mutuo acuerdo ante notario o conciliador, o ante un juez.

V. Application to all couples, regardless of their sexual orientation: The Constitutional Court, in Judgment C-075 of 2007, extended the property regime of Law 54 of 1990 to same-sex couples.

Sentencia C-075 de 2007 — Corte Constitucional, M.P. Rodrigo Escobar Gil

Con esta decisión, la Corte reafirmó el principio de igualdad y eliminó una barrera importante que impedía el reconocimiento pleno de la diversidad familiar en el país. Esta línea es clave porque reconoce que todas las parejas, sin importar su orientación sexual, deben tener acceso a las mismas garantías patrimoniales dentro del ordenamiento jurídico colombiano.

5. What happens to the assets purchased together?

Cuando se cumplen dos años de convivencia, la ley presume la existencia de una sociedad patrimonial: Un "bolsillo común" donde entran los bienes adquiridos a título oneroso durante la relación.

  • No entran en esta sociedad bienes recibidos por donaciones, herencias personales o que se adquirieron antes de convivir.
  • Para repartir legalmente estos bienes, se debe declarar legalmente la unión por medio de los mecanismos previamente indicados.
Artículo 3, parágrafo — Ley 54 de 1990 (modificado por el art. 12 de la Ley 2447 de 2025)

La sociedad patrimonial que surge entre compañeros permanentes no lo absorbe todo: no entran a ella los bienes que cada compañero haya recibido por donación, herencia o legado, ni los que ya tenía antes de iniciar la unión marital de hecho —esos siguen siendo de su dueño original—. Sin embargo, la norma sí incluye en la sociedad los réditos, rentas, frutos o el mayor valor que esos mismos bienes excluidos lleguen a producir mientras dura la convivencia. La reforma del artículo 12 de la Ley 2447 de 2025 añadió que tampoco forman parte de la sociedad patrimonial los bienes adquiridos por el niño, niña o adolescente que haya estado en una unión marital de hecho siendo menor de 18 años, sin importar cuándo se liquide esa sociedad. Ley 54/1990, art. 3 — bienes excluidos de la sociedad patrimonial.

Documentos útiles para acreditar la convivencia

  • Declaraciones extraprocesales ante notario
  • Testimonios de amigos, vecinos o familiares que conozcan la relación
  • Contratos conjuntos (arriendo, crédito hipotecario, etc.)
  • Cuentas bancarias o inversiones compartidas
  • Correspondencia que acredite domicilio común
  • Afiliación conjunta a la seguridad social (EPS, pensión)
  • Registro fotográfico y documentos de vida en común

6. Marriage vs. Common-Law Union: how do they differ?

AspectSociedad conyugal (Matrimonio)Sociedad Patrimonial (UMH)
SourceContrato de matrimonioConvivencia (UMH)
HomeDesde el matrimonio, salvo capitulacionesAutomática después de 2 años de UMH
RegimeCódigo Civil, arts. 1781-1841Ley 54 de 1990 y Ley 979 de 2005
EvidenceCivil registration of marriageDeclaratoria (Acta, escritura o sentencia)
DisoluciónDivorcio, muerte, separación de bienes, nulidad o cesación de los efectos civiles del matrimonio católicoActa, escritura, sentencia o muerte

En síntesis, el matrimonio crea una sociedad conyugal por el solo hecho de casarse; la UMH solo genera sociedad patrimonial si se cumplen los 2 años y se declara oficialmente. No confundir, la "declaratoria" no crea la sociedad, solo la hace exigible. Conviene tener presente que la disolución del matrimonio sigue una ruta distinta a la de la UMH y se rige por el proceso de divorcio en Colombia, con efectos propios sobre los hijos, los alimentos y la liquidación de la sociedad conyugal.

7. Am I entitled to pension or health benefits as a permanent partner?

Yes, as a permanent partner you may be entitled to a pension and access to health services, but there are certain requirements you must meet. As to the survivors’ pension, the law requires the surviving permanent partner to prove that they lived with the deceased for no less than five (5) continuous years before their death (article 47 of Law 100 of 1993, amended by article 13 of Law 797 of 2003). This right does not depend on a formal marriage, but on a duly proven Common-Law Marriage. Each case should be reviewed, because there are special rules depending on the beneficiary’s age and whether there were children in common. To this is added the spousal portion (porción conyugal) to which the permanent partner may be entitled in the succession of their partner (Constitutional Court, Judgment C-283 of 2011), without this making them an heir within the order of succession; it is advisable to review each case and to learn about the derechos sucesorales del compañero permanente.

En cuanto a la afiliación a salud, usted puede ser beneficiario del sistema de seguridad social en salud si su pareja está afiliada y cumple con los requisitos establecidos por la ley.

Sentencia C-521 de 2007 — Corte Constitucional (M.P. Clara Inés Vargas Hernández)

El artículo 163 de la Ley 100 de 1993 reconoce al cónyuge y al compañero o compañera permanente como beneficiarios del Plan Obligatorio de Salud, pero exigía originalmente que la unión marital de hecho tuviera una duración superior a dos años para acceder a este beneficio, sin imponer ningún término de convivencia al cónyuge. La Corte Constitucional declaró inexequible esa exigencia temporal, al no encontrar justificación objetiva y razonable para tratar de forma distinta a quienes constituyen familia por matrimonio frente a quienes lo hacen por unión marital de hecho. El compañero o la compañera permanente accede así a la afiliación en salud en las mismas condiciones que un cónyuge, sin tiempo mínimo de convivencia, aunque su calidad debe acreditarse igualmente. C-521/2007 — beneficiario en salud sin plazo mínimo.

En algunos casos, se ha permitido el acceso a servicios de salud mediante acciones de tutela, cuando se demuestra que la negación del derecho afecta gravemente la calidad de vida del solicitante.

Es importante destacar que, para acceder a estos beneficios, se recomienda formalizar la Unión Marital de Hecho mediante una declaración en cualquiera de las formas descritas con anterioridad, pues la formalización facilita acreditar la convivencia frente a la EPS o el fondo de pensiones.

Art. 47 — Ley 100 de 1993 (modificado por art. 13 de la Ley 797 de 2003)

Exige cinco (5) años continuos de convivencia para la pensión de sobrevivientes del compañero permanente.

Sentencia C-283 de 2011 — Corte Constitucional, M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Extendió la porción conyugal a compañeros permanentes y parejas del mismo sexo.

8. Why should I declare the Union?

Declare your Marital Union of Fact is not necessarily a costly or complex procedure si se asesora bien. Ayuda a prevenir pleitos por pensión, herencia y reparto de bienes, y ordena la situación de la pareja frente a terceros.

En Cafore Abogados acompañamos asuntos de Derecho de Familia. Podemos:

  • Elaborar el acta de conciliación o la escritura de declaración de la unión.
  • Representarlos ante los jueces de familia cuando no hay acuerdo.
  • Diseñar acuerdos patrimoniales preventivos que protejan su futuro y el de sus hijos.

Do you have two years to live, or they want to regulate their heritage from now? Escríbanos. En CAFORE Abogados acompañamos su proyecto de vida con asesoría jurídica seria y cercana. Si lo prefiere, puede consultar a un family law attorney in Bogotá o comunicarse al 313 8411825.

Mitos frecuentes sobre la Unión Marital de Hecho

I
"Ya llevamos dos años, así que todo es mitad y mitad"

Falso: si no hay declaratoria, no operan de forma plena los efectos patrimoniales frente a terceros.

II
"Solo las parejas casadas pueden heredar"

Falso: el compañero permanente puede tener derecho a la porción conyugal en la sucesión de su pareja (Corte Constitucional, C-283 de 2011) si acredita la unión, aunque ello no lo convierte en heredero en las mismas condiciones del cónyuge.

III
"Debo ir obligatoriamente a un juzgado"

Falso: cuando hay acuerdo, puede hacer la declaración ante notaría o centro de conciliación.

IV
"Si no lo registramos, no existe la unión"

Falso: aunque la formalización facilita la acreditación, la Unión Marital de Hecho puede reconocerse judicialmente si se demuestra una convivencia estable y duradera.

V
"Solo aplica para parejas heterosexuales"

Falso: la Corte Constitucional extendió el régimen patrimonial de la Ley 54 de 1990 a las parejas del mismo sexo.

VI
"Si uno de los dos no trabaja, no tiene derechos sobre los bienes"

Falso: la sociedad patrimonial se presume cuando hay convivencia de al menos dos años, sin importar que uno de los compañeros no genere ingresos.

Laws and case law cited

  • Ley 54 de 1990, arts. 1 and 2 — define la Unión Marital de Hecho y la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes. SUIN-Juriscol.
  • Ley 979 de 2005, art. 2 (que modifica el art. 4 de la Ley 54 de 1990) — mecanismos para declarar la unión: escritura pública, acta de conciliación y sentencia judicial. Función Pública.
  • Ley 100 de 1993, art. 47 (modificado por el art. 13 de la Ley 797 de 2003) — exige cinco (5) años continuos de convivencia para la pensión de sobrevivientes del compañero permanente. Función Pública.
  • Constitutional Court, Judgment C-075 of 2007, M.P. Rodrigo Escobar Gil — extendió el régimen patrimonial de la Ley 54 de 1990 a las parejas del mismo sexo. Official record.
  • Corte Constitucional, Sentencia C-521 de 2007, M.P. Clara Inés Vargas Hernández — declaró inexequible el requisito de dos años de convivencia para afiliar en salud al compañero permanente. Official record.
  • Corte Constitucional, Sentencia C-283 de 2011, M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub — extendió la porción conyugal al compañero permanente y a las parejas del mismo sexo. Official record.
  • Corte Constitucional, Sentencia C-700 de 2013, M.P. Alberto Rojas Ríos — declaró inexequible la expresión “y liquidada”; basta que la sociedad conyugal anterior esté disuelta. Official record.
  • Corte Constitucional, Sentencia C-193 de 2016, M.P. Luis Ernesto Vargas Silva — declaró inexequible la expresión “por lo menos un año”: no debe esperarse un año desde la disolución de la sociedad conyugal anterior. Official record.

¿Viven juntos y quieren proteger su patrimonio y sus derechos? Una declaración de Unión Marital de Hecho es el primer paso para evitar conflictos futuros sobre bienes, pensión y herencia.

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Frequently asked questions

¿Qué es la unión marital de hecho?
Es la unión entre dos personas que, sin estar casadas, hacen una comunidad de vida permanente y singular. La ley la reconoce desde que esa convivencia con ánimo de permanencia es real, aunque para hacer valer plenamente sus efectos (en especial los patrimoniales) suele requerirse su declaración formal.
¿Cuánto tiempo de convivencia se necesita para ser compañero permanente?
La condición de compañero permanente surge de la convivencia permanente y singular, no de un plazo fijo. El término de dos años no condiciona la existencia de la unión, sino que activa la presunción de la sociedad patrimonial. Probar desde qué momento existió la unión depende de la prueba de la convivencia en cada caso.
¿Qué requisitos debe cumplir la unión para existir jurídicamente?
Se requiere convivencia real, permanente y singular, ánimo de comunidad de vida y capacidad legal de ambos. Si alguno tuvo un matrimonio anterior, la jurisprudencia exige que la sociedad conyugal previa esté disuelta para que pueda configurarse la sociedad patrimonial (la jurisprudencia constitucional (C-700 de 2013 y C-193 de 2016) eliminó tanto la exigencia de liquidación como el plazo de un año de antelación; solo se exige que la sociedad conyugal anterior esté disuelta antes de iniciar la unión). Conviene revisar cada caso.
¿Cómo se declara oficialmente la unión marital de hecho?
Cuando hay acuerdo de ambos, la unión puede declararse por mutuo consentimiento mediante escritura pública en notaría o por acta de conciliación en un centro de conciliación. Si no hay acuerdo, se declara por sentencia de un Juez de Familia, caso en el cual se requiere abogado. Recomendamos asesorarse en cualquiera de las vías. (Ley 979 de 2005, art. 2, que modifica el art. 4 de la Ley 54 de 1990; trámite judicial conforme al Código General del Proceso.)
¿Qué pruebas sirven para acreditar la convivencia si no hay acuerdo?
Sirven, entre otras, las declaraciones extraprocesales, los testimonios de personas que conozcan la relación, los contratos conjuntos, las cuentas bancarias compartidas, la correspondencia y la afiliación conjunta a la seguridad social. La unión puede reconocerse judicialmente cuando se demuestra una convivencia estable y duradera.

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