Publicado 20 de octubre de 2025 · Actualizado 29 de mayo de 2026 · Jerónimo Duque Hurtado

Cómo prepararse para una audiencia de conciliación

Cómo preparar una conciliación, qué documentos llevar y qué errores evitar para que la audiencia realmente acerque una solución.

Categoría Derecho de Familia Publicado 20 de octubre de 2025 Actualizado 29 de mayo de 2026 Autor Jerónimo Duque Hurtado
ConciliaciónSolución de Conflictos

Decisión familiar

Aclare su ruta antes de mover el caso. Una revisión temprana ayuda a proteger acuerdos, patrimonio, hijos y pruebas desde el inicio.

La audiencia de conciliación judicial es un mecanismo legal esencial que permite a las partes en conflicto dialogar y proponer soluciones para cerrar la disputa sin necesidad de ir a juicio. A menudo se convoca por asuntos como deudas, incumplimiento de contratos o reclamos laborales.

Es fundamental tomar este proceso con seriedad, ya que cualquier acuerdo firmado tendrá efectos jurídicos plenos, prestando mérito ejecutivo y haciendo tránsito a cosa juzgada (artículo 64 de la Ley 2220 de 2022). Por lo tanto, es crucial prepararse para no aceptar compromisos que puedan resultar perjudiciales.

¿Qué debo tener en cuenta para asistir a una audiencia de conciliación judicial?

Quizás a usted lo convocaron porque alguien afirma que le debe dinero, denuncia incumplimiento de contratos, reclama daños materiales o exige prestaciones laborales.

Artículo 67 (parágrafo 1) — Ley 2220 de 2022, Estatuto de Conciliación

A diferencia de lo que ocurre en materia civil o de familia, en materia laboral la conciliación no es un requisito de procedibilidad: el Estatuto de Conciliación vigente lo dice expresamente en el parágrafo 1 de su artículo 67. Esto significa que si usted tiene un conflicto laboral, no está obligado a agotar una conciliación previa antes de demandar, y no queda expuesto a las consecuencias que sí aplican cuando la conciliación es obligatoria en otras materias (como el indicio grave en contra y la multa por inasistencia injustificada). Este tratamiento diferenciado ya lo había fijado la Corte Constitucional en la Sentencia C-893 de 2001, al considerar que imponer la conciliación obligatoria en asuntos laborales obstruía la libertad de acceder a la administración de justicia de los trabajadores. Ley 2220/2022 — conciliación laboral no es requisito previo.

La conciliación también aparece en escenarios de familia: por ejemplo, cuando los cónyuges desean acordar la disolución y proyectar un trámite de divorcio por mutuo acuerdo ante notaría, los términos previos suelen pactarse en una conciliación.

Sentencia C-1195 de 2001 — Corte Constitucional (M.P. Manuel José Cepeda Espinosa y Marco Gerardo Monroy Cabra)

La Corte Constitucional declaró exequible la conciliación prejudicial como requisito de procedibilidad para acudir a la jurisdicción de familia, pero con un condicionamiento: cuando exista violencia intrafamiliar, la víctima no está obligada a asistir a la audiencia de conciliación y puede acudir directamente al juez, informándole de esa situación. La razón es que, en un contexto de violencia intrafamiliar, forzar el encuentro entre víctima y agresor puede resultar contraproducente y exponer nuevamente a la víctima. Es una excepción que la propia Corte impuso a la obligatoriedad del trámite conciliatorio en familia, no una simple opción discrecional de la parte. C-1195/2001 — excepción por violencia intrafamiliar.

En esos escenarios, la audiencia de conciliación judicial es su oportunidad formal para dialogar, proponer soluciones y cerrar el conflicto sin necesidad de ir a juicio. No la tome a la ligera: el acuerdo firmado tendrá efectos jurídicos plenos, prestará mérito ejecutivo y hará tránsito a cosa juzgada — no podrá reabrirse para debatir lo mismo nuevamente (artículo 64 de la Ley 2220 de 2022). Por eso conviene manejar con cuidado cada detalle desde el principio, para no aceptar compromisos que le perjudiquen o perder derechos de alto interés.

La audiencia de conciliación no es un simple trámite: es un mecanismo legal en el que usted, la otra parte y un conciliador imparcial dialogan para resolver el conflicto. Aunque parezca flexible, lo que se acuerde allí puede tener repercusiones directas en su patrimonio y en otros derechos, por lo que conviene llegar preparado. Por eso aquí lo acompañamos con un paso a paso a través de las interrogantes que naturalmente surgirán en este escenario y que, como en cualquier escenario judicial, demandan máxima seriedad y experticia.

En materia de familia, la conciliación es un paso frecuente — por ejemplo, en la reclamación de la cuota de alimentos, donde el Centro de Conciliación o el ICBF buscan un acuerdo entre los progenitores antes de habilitar la vía judicial. Conocer las particularidades del asunto sustantivo de cada caso ayuda a estructurar una propuesta realista.

Antes de la audiencia: documentos y estrategia

Revise la citación con detalle, verifique la fecha, hora, modalidad (presencial o virtual) y el motivo del conflicto. Si fue citado, debe acudir, ya que la conciliación extrajudicial es obligatoria como requisito de procedibilidad en ciertos casos y todas las partes involucradas están legalmente notificadas para asistir.

Nunca ignore la citación sin justificación. Incluso si no tiene ánimo conciliatorio (es decir, no pretende ceder ni acordar nada), eso no le exime de presentarse a la audiencia de conciliación cuando ha sido citado. En Colombia, la ley exige que las partes asistan, pero no obliga a que lleguen a un acuerdo.

Si recibió una citación formal y, por una causa justificada como caso fortuito, fuerza mayor o tener el domicilio fuera del municipio o del país (artículo 58 de la Ley 2220 de 2022), no puede asistir, debe presentar la justificación válida dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que debió celebrarse la audiencia (artículo 59 de la Ley 2220 de 2022).

Si no va y no justifica su ausencia dentro de los plazos legales, el conciliador dejará constancia de la inasistencia en el expediente. Cuando la conciliación es requisito de procedibilidad, esa constancia tiene dos consecuencias: su ausencia injustificada podrá ser valorada como indicio grave en contra de sus pretensiones o excepciones en el proceso judicial posterior, y el juez le impondrá una multa de hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes (artículo 59 de la Ley 2220 de 2022). Conviene precisar que esto opera cuando la conciliación es requisito previo para demandar; no es una consecuencia automática de toda conciliación voluntaria.

Recopile sus documentos y lleve todos los soportes de su reclamo: contratos, facturas, recibos, correos electrónicos, presupuestos, fotografías u otros documentos relevantes. Toda prueba puede ayudar a fortalecer su posición. Si su conflicto es laboral — por ejemplo, una conciliación posterior a un despido —, conviene revisar previamente qué hacer ante un despido sin justa causa para llegar con claridad sobre la indemnización aplicable conforme al artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.

Defina su propuesta mínima y tenga claro hasta dónde está dispuesto a ceder. Fije un rango de negociación realista (por ejemplo, su monto ideal y su límite inferior), para saber en qué punto cerraría un acuerdo sin ceder demasiado. En conflictos civiles típicos, como el proceso de restitución de inmueble arrendado, este rango debe contemplar no solo el monto adeudado sino los plazos de desocupación y el destino de los cánones futuros.

Evalúe si necesita un abogado, no es obligatorio ir acompañado, pero sí recomendable en casos complejos o con montos altos. Un abogado especializado le ayudará a redactar su reclamo, negociar mejor el acuerdo y asegurarse de que todo cumpla con la ley.

Antes de llegar

Lista de verificación: documentos a reunir

  • Citación oficial (fecha, hora, modalidad, motivo del conflicto)
  • Contratos firmados relacionados con la disputa
  • Facturas, recibos o comprobantes de pago
  • Correos electrónicos y mensajes relevantes
  • Presupuestos, cotizaciones o propuestas
  • Fotografías u otro material probatorio
  • Poder especial otorgado por escritura pública (si va con apoderado)
  • Propuesta mínima y rango de negociación definidos con antelación
Art. 58 — Ley 2220 de 2022 (Estatuto de Conciliación)

Comparecencia de las partes y actuación por apoderado en las conciliaciones extrajudiciales en derecho.

Art. 59 — Ley 2220 de 2022 (Estatuto de Conciliación)

Inasistencia: plazo de tres (3) días para justificar, indicio grave y multa de hasta dos (2) S.M.L.M.V. cuando la conciliación es requisito de procedibilidad.

Durante la audiencia: cómo actuar y qué cuidar

Sea puntual y respetuoso, llegue a tiempo y salude cordialmente. El conciliador y la otra parte apreciarán su actitud profesional. Vístase adecuadamente para el entorno (ropa formal o de oficina ligera) para dar una buena impresión.

Comunique su versión con calma, exponga sus hechos y pretensiones de forma clara, ordenada y sin alterarse. Hable despacio, use ejemplos concretos si es necesario y escuche con atención la respuesta de la otra parte. La meta es dialogar, no discutir.

No firme sin entender, lea con atención el acta de conciliación completa, antes de estampar su firma pregunte todo lo que no entienda a su abogado o en caso de no tenerlo puede pedir al conciliador que se la lea o la explique íntegramente. Nunca acepte un punto con el que no esté de acuerdo.

Decida si está dispuesto a negociar, buscar puntos en común y proponga soluciones razonables. El objetivo de la conciliación no es "ganar al 100%" sino lograr un acuerdo práctico. Es aquí donde es importante la conciliación pues hace todo el proceso más rápido que un proceso adversarial.

Arts. 4 y 30 — Ley 2220 de 2022 (deber de confidencialidad y reserva)

Recuerde que en la conciliación la información que las partes revelan está sujeta a un deber de reserva: las fórmulas de arreglo propuestas no pueden esgrimirse en su contra en un proceso posterior y el conciliador debe guardar reserva sobre lo expresado por las partes (artículos 4 y 30 de la Ley 2220 de 2022). No obstante, lo consignado en el acta firmada sí produce efectos legales, y los hechos o pruebas que la otra parte conozca por sus propios medios no se vuelven confidenciales por mencionarse en la audiencia.

En las conciliaciones extrajudiciales en derecho, la Ley 2220 de 2022 (artículo 50) permite presentar la solicitud personalmente o por medio de abogado con facultad expresa para conciliar: no es una exigencia legal general, aunque contar con abogado suele ser recomendable dado que el acuerdo hace tránsito a cosa juzgada. Tampoco es obligatorio en asuntos de competencia de las comisarías de familia, los defensores de familia y los conciliadores en equidad, aunque sí es altamente recomendable. En la conciliación judicial dentro de un proceso, las partes actúan a través de su apoderado. Un abogado le ayudará a preparar el reclamo, identificar la norma aplicable y verificar que el acta refleje fielmente lo acordado.

Normas y jurisprudencia citadas

Las reglas de esta guía corresponden al estatuto vigente. En Colombia la conciliación dejó de regirse por la Ley 640 de 2001, derogada por la Ley 2220 de 2022 (Estatuto de Conciliación), vigente desde el 30 de diciembre de 2022 (artículo 145).

  • Ley 2220 de 2022 — Estatuto de Conciliación. Texto oficial: Función Pública — Gestor Normativo · SUIN-Juriscol. Artículos citados: 58 (comparecencia), 59 (inasistencia y multa), 64 (mérito ejecutivo y cosa juzgada), 4 y 30 (confidencialidad y reserva).
  • Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), artículo 74 — poder especial con facultad expresa para conciliar y disponer del derecho en litigio.
  • Código Sustantivo del Trabajo, artículo 64 — indemnización por despido sin justa causa (referencia para conciliaciones laborales).

Esta guía tiene fines informativos y no sustituye la asesoría jurídica para su caso concreto.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio asistir a una audiencia de conciliación si me citaron?
Sí. Si usted recibió la citación formal, debe presentarse o justificar válidamente su ausencia; la ley exige que las partes asistan, aunque no las obliga a llegar a un acuerdo. Si no acude sin justa causa, el conciliador levanta un acta de inasistencia que queda en el expediente.
¿Qué consecuencias tiene no asistir sin justificación?
En la conciliación extrajudicial que opera como requisito previo, la inasistencia injustificada habilita a la otra parte para demandar, se valora como indicio grave en su contra y el juez le impondrá una multa de hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales en el proceso posterior (artículo 59 de la Ley 2220 de 2022). En una conciliación voluntaria, en cambio, simplemente no se celebra.
¿En cuánto tiempo debo justificar mi inasistencia?
Si no pudo acudir, debe presentar la justificación de su ausencia con el respectivo soporte (incapacidad, fuerza mayor u otra causa válida) dentro de los tres (3) días siguientes a la audiencia. Conservar la prueba de la causa que le impidió asistir es indispensable.
¿Puedo enviar a otra persona en mi lugar?
Por regla general la conciliación exige su comparecencia personal. Solo puede ser representado por un abogado titulado mediante poder especial otorgado por escritura pública o memorial autenticado, en el que conste de forma expresa la facultad para conciliar y para disponer del derecho en litigio; una carta poder a quien no sea abogado no es válida en las conciliaciones extrajudiciales en derecho.

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