Pacto de accionistas de una SAS desplegado sobre una mesa con dos plumas separadas

Pacto de accionistas en una SAS: cláusulas de salida, veto, arrastre y control

Atualizado em 16 de junho de 2026 · Fabio Castro Forero

Pacto de accionistas en una SAS: cláusulas de salida, veto, arrastre y control

Un pacto de accionistas bien diseñado evita que cada desacuerdo entre socios termine paralizando la empresa o destruyendo.

Categoria Direito Societário Atualizado 16 de junho de 2026 Autor Fabio Castro Forero

Reglas entre socios

Deje pactada la salida antes del conflicto. Un pacto útil ordena veto, información, arrastre, acompañamiento, valoración y salida antes de que la empresa quede bloqueada.

Pacto de accionistas en una SAS: para qué sirve y cuándo decidirlo

Casi ningún conflicto entre socios empieza el día en que estalla. Empieza mucho antes, el día en que se constituyó la sociedad sobre acuerdos de palabra: quién manda, qué pasa si alguien quiere salir, cómo se valora la participación, qué decisiones exigen el acuerdo de todos. El pacto de accionistas es el documento que pone esas reglas por escrito mientras todavía hay buena fe, para que la empresa tenga con qué decidir cuando la buena fe se enfríe.

Esta guía explica qué es realmente un pacto de accionistas en una SAS, para qué sirve, qué cláusulas suele incluir —compra y venta, preferencia, arrastre, acompañamiento, veto, permanencia, no competencia, desempate y salida—, cómo se hace cumplir, cuánto dura y en qué se diferencia de los estatutos. La idea es que usted llegue a la conversación con sus socios sabiendo qué pedir y qué evitar, antes de registrar la sociedad o, si ya existe, antes de la primera discusión seria.

Em resumoUn pacto de accionistas debe regular la entrada y la salida de socios, los derechos de veto, la venta de acciones, el arrastre, el acompañamiento, la no competencia, la confidencialidad, la solución de empates, la valoración y el manejo de incumplimientos. En la SAS tiene un respaldo legal expreso: el artigo 24 da Lei 1258 de 2008 reconoce los acuerdos de accionistas sobre compra, venta, preferencia, restricciones a transferir y ejercicio del voto, con una vigencia máxima de diez años prorrogables. No reemplaza los estatutos: los complementa, y debe convivir con ellos sin contradecirlos. En empresas con inversionistas, familia o socios 50/50, puede ser la diferencia entre negociar con reglas o paralizar la compañía.

Qué es y qué no es

Qué es un pacto de accionistas (y en qué se apoya en la ley)

Un pacto de accionistas —o acuerdo de socios— es un contrato privado entre quienes son dueños de una sociedad para fijar cómo se gobiernan, cómo entran y salen, cómo se transfieren las acciones y cómo resuelven sus desacuerdos. No es un papel decorativo ni una formalidad de constitución: es la regla de juego que la empresa invoca el día en que dos socios leen la misma situación de maneras opuestas. Mientras todo va bien, nadie lo abre; cuando algo se tuerce, es lo primero que se busca.

En la SAS, esa figura no depende solo de la voluntad de las partes: la ley la reconoce expresamente. El artigo 24 de la Ley 1258 de 2008 habilita acuerdos sobre la compra o venta de acciones, la preferencia para adquirirlas, las restricciones para transferirlas, el ejercicio del derecho de voto y la persona que representará las acciones en la asamblea. Esa misma norma marca dos límites que conviene recordar desde el principio: la vigencia del pacto no puede pasar de diez años —aunque sí puede prorrogarse por voluntad unánime de sus suscriptores—, y, para que la sociedad quede obligada a respetarlo, el acuerdo debe depositarse en las oficinas de la administración. Es decir, el pacto es poderoso, pero tiene fecha, exige mantenimiento y solo le es oponible a la sociedad cuando esta lo conoce formalmente.

La libertad para diseñarlo es amplia porque la propia SAS es un tipo societario flexible: el artículo 38 de la Ley 1258 de 2008 excluye a la SAS de varias prohibiciones del Código de Comercio, de modo que los socios pueden pactar reglas que en una sociedad tradicional serían difíciles. Esa flexibilidad es la materia prima de un buen pacto; el reto no es tener libertad, sino usarla con orden y sin chocar con lo que ya dicen los estatutos.

La intención de quien lo busca

No reemplaza al abogado societario: lo hace más concreto

Conviene aclarar para qué sirve esta lectura. La asesoría societaria general —constituir la empresa, elegir el tipo, redactar estatutos a la medida— responde una necesidad amplia. El pacto de accionistas responde una intención más precisa: la de los socios que ya están pensando en reglas concretas para prevenir o resolver conflictos de control.

Por eso este artículo no compite con la asesoría de un advogado de direito societário: la complementa. Si usted ya intuye que su sociedad necesita reglas claras sobre veto, salida o valoración, está en el momento exacto en que un pacto bien diseñado vale más que cualquier proforma. La función de esta guía es que llegue a esa conversación con las preguntas correctas, no con un modelo copiado de internet que casi siempre responde a otra ley y a otra realidad.

El núcleo del documento

Las cláusulas típicas que suelen evitar conflictos caros

Las cláusulas más útiles no son las más sofisticadas, sino las que responden a la realidad del negocio: quién decide, qué pasa si un socio se va, cómo se valora la participación, qué decisiones requieren acuerdo unánime y cómo se evita que un socio bloquee la caja. Estas son las que aparecen una y otra vez en los buenos pactos; junto a cada una conviene ver no solo qué hace, sino qué pasa si falta.

1Compra y venta (opciones). Define cómo y a qué precio un socio puede comprar la participación de otro, o quedar obligado a vender la suya, ante hechos previstos: retiro, incumplimiento, muerte, incapacidad o bloqueo prolongado. Es el motor que permite que alguien salga sin necesidad de demandar. Exemplo: dos socios fundan una consultora; uno se enferma y no puede seguir. Con una opción de compra clara, el otro adquiere su parte a un precio calculado con la fórmula pactada. Sin ella, los herederos entran como socios sin saber del negocio y cualquier decisión se vuelve una negociación.
2Derecho de preferencia. Antes de vender a un tercero, el socio debe ofrecer sus acciones a los demás socios en las mismas condiciones. Evita que entre un extraño —o un competidor— sin que los socios actuales tengan oportunidad de igualar la oferta. Tiene respaldo directo en el artículo 24 y funciona mejor cuando, además, vive en los estatutos. Consecuencia de omitirlo: un socio puede vender su participación a quien quiera, y los demás amanecen con un nuevo dueño que nunca eligieron.
3Arrastre (drag along). Permite que, si un socio o un grupo logra una oferta de compra por toda la compañía, pueda "arrastrar" a los demás a vender en las mismas condiciones. Protege la posibilidad de una venta total, que muchas veces vale más que la suma de las partes, porque casi ningún comprador serio paga el 100 % del valor por una participación parcial. Sin esta cláusula, un socio minoritario puede frustrar la venta de toda la empresa solo por negarse a vender su porción.
4Acompañamiento (tag along). Es el espejo del anterior y protege al minoritario: si el socio mayoritario vende, el minoritario tiene derecho a sumarse a esa venta en igualdad de condiciones, para no quedar atrapado con un nuevo socio mayoritario que no eligió. Su ausencia deja al pequeño accionista a merced del comprador: el mayoritario cobra su prima de control y el minoritario se queda dentro, ahora con un desconocido al mando.
5Veto y decisiones reservadas. Lista los actos que no puede aprobar una sola persona ni una mayoría simple: endeudamiento alto, emisión de nuevas acciones, venta de activos clave, contratos con partes relacionadas o cambio de objeto. Da al minoritario o al inversionista una protección real sin paralizar la operación diaria. El detalle importa: un veto demasiado amplio convierte cada decisión menor en una negociación; uno bien calibrado solo frena lo estructural. Conviene que el catálogo de decisiones reservadas no contradiga el régimen de mayorías de los estatutos, un punto sobre el que la Superintendencia de Sociedades ha sido explícita (lo vemos más abajo).
6Permanencia. Compromete a los socios fundadores u operativos a mantenerse y a dedicarse al proyecto por un tiempo mínimo, y regula qué pasa con sus acciones si se van antes (por ejemplo, una recompra a valor reducido). Evita que alguien aporte el trabajo clave los primeros meses, conserve su participación intacta y desaparezca, dejando a los demás cargando el negocio mientras él sigue siendo dueño.
7No competencia y confidencialidad. Impiden que un socio use la información, los clientes o el conocimiento del negocio para montar o alimentar a la competencia, y protegen los secretos comerciales mientras es socio y por un tiempo razonable después. En negocios cuyo principal activo es el conocimiento —software, salud, consultoría—, esta cláusula suele valer más que cualquier máquina del balance.
8Desempate. Para sociedades 50/50 o con bloques iguales, fija cómo se rompe un empate: voto dirimente acordado, mediación previa, opinión de un tercero experto, o una opción de compra entre socios (la llamada cláusula de "ruleta" o de oferta cruzada). Sin esta cláusula, un solo desacuerdo puede dejar a la empresa inmóvil durante meses, incapaz de aprobar un presupuesto o nombrar un representante legal.
9Salida y valoración. Define las causales de salida, el procedimiento, la fórmula para valorar la participación, los plazos y la forma de pago. Es donde más pactos fallan: una fórmula ambigua —"valor comercial", "lo que acuerden las partes"— convierte la salida en un nuevo pleito. Lo prudente es fijar un método verificable (múltiplo de utilidades, valor en libros ajustado, avalúo por un tercero independiente) y un plazo de pago realista para que la salida de un socio no descapitalice a la empresa.

Estas cláusulas no se eligen en abstracto. En una empresa familiar pesan más la sucesión y la separación entre familia y administración; en una startup con inversionistas, el veto, el arrastre y la permanencia; en una sociedad 50/50, el desempate y la valoración. El pacto debe hablar de gobierno, dinero, información y salida en la proporción que el negocio real exija, no copiar un índice estándar. Si la sociedad es una startup con inversionistas, revise antes el diseño legal de una startup frente a una ronda.

Pacto y estatutos

En qué se diferencia de los estatutos (y por qué deben coincidir)

La pregunta más frecuente es si el pacto reemplaza a los estatutos. No: cumplen funciones distintas y conviene que conversen entre sí. Los estatutos son el documento público de la sociedad, inscrito en la Cámara de Comercio; el pacto es un acuerdo entre socios que puede mantenerse reservado y descender al detalle de la relación entre ellos. Uno mira hacia afuera —la sociedad frente a terceros—; el otro, hacia adentro —los socios entre sí—.

AspectoEstatutosPacto de accionistas
NaturalezaDocumento de constitución por documento privado inscrito en Cámara de Comercio (art. 5).Contrato entre socios reconocido por el art. 24; puede ser reservado.
Frente a quién obligaA la sociedad y a terceros una vez inscrito.Sobre todo entre quienes lo firman; la sociedad lo acata cuando se le ha depositado.
Qué regula mejorObjeto, capital, administración, mayorías, representación legal (arts. 5 y 26).Veto, arrastre, acompañamiento, salida, permanencia, no competencia, desempate.
VigenciaSin término fijado, la duración es indefinida (art. 5, num. 4).Máximo diez años, prorrogables (art. 24).
Si se contradicenFrente a la sociedad y a terceros prevalece lo estatutario; el régimen de mayorías de los estatutos no puede ser desconocido por un acuerdo entre algunos socios. Lo prudente es alinearlos antes de cualquier decisión disputada.

Hay un punto en el que ambos documentos se apoyan en la misma norma: las restricciones a transferir acciones. El artigo 13 de la Ley 1258 de 2008 permite que los estatutos restrinjan —o incluso prohíban— la negociación de acciones por un plazo de hasta diez años, prorrogable con el voto unánime de los titulares. Un derecho de preferencia o una restricción de venta funciona mejor cuando vive a la vez en los estatutos (oponible a terceros) y en el pacto (con el detalle del procedimiento), diciendo exactamente lo mismo. Si el pacto promete una cosa y los estatutos permiten otra, la empresa queda con dos relojes marcando horas distintas.

La doctrina de Supersociedades: el pacto no puede desconocer el régimen de mayorías de los estatutos

La Superintendencia de Sociedades precisó este límite en el Oficio 220-099807 de 16 de maio de 2023. Allí recordó que el acuerdo de accionistas del artículo 24 puede versar sobre cualquier asunto lícito, pero advirtió que "no basta que el asunto resulte lícito; también se requiere que sea posible su interacción con lo normado en los estatutos sociales". Su conclusión es práctica y conviene tenerla presente al redactar: el régimen de mayorías y demás reglas fijadas en los estatutos no pueden ser desconocidos aisladamente por un acuerdo entre algunos accionistas, y el sentido del voto que se pacte no debe pugnar con el contrato social. Dicho de otro modo, un pacto no sirve para "saltarse" por la puerta de atrás las mayorías que la propia sociedad se fijó: si quiere cambiar esas reglas, el camino es reformar los estatutos, no firmar un acuerdo paralelo que las contradiga. Conviene recordar que los conceptos de la Superintendencia son orientaciones generales y no son de obligatorio cumplimiento (artículo 28 del CPACA), pero marcan con claridad cómo lee la autoridad estos acuerdos.

Ler o Oficio 220-099807 de 2023 →

Del papel a la práctica

Cómo se hace cumplir un pacto de accionistas

Un pacto solo vale lo que valen sus mecanismos de cumplimiento. Cuatro palancas lo hacen exigible en la práctica, y conviene diseñarlas desde el inicio y no cuando ya hay conflicto.

  • Depósito ante la sociedad. Cuando el pacto se deposita en las oficinas de la administración, la sociedad queda obligada a acatarlo en lo que le concierne; por ejemplo, a respetar la forma pactada de votar o de representar las acciones (art. 24). Sin depósito, el acuerdo sigue obligando a quienes lo firmaron, pero la sociedad puede actuar como si no existiera.
  • Mecanismos de salida autoejecutables. Las opciones de compra y venta, las fórmulas de valoración y los plazos permiten resolver una salida sin pedir permiso a un juez: si se configura el supuesto pactado, se dispara el procedimiento. Cuanto más automático sea el mecanismo, menos espacio queda para que el conflicto se eternice.
  • Ejecución específica ante la Superintendencia. El artículo 24 prevé que el pacto depositado se hace cumplir; en materia societaria, la Superintendencia de Sociedades conoce de varios de estos conflictos por proceso verbal sumario, una vía más ágil que un proceso ordinario. Eso permite, por ejemplo, pedir que se respete la forma de votar pactada o que se ejecute una obligación del acuerdo, en lugar de conformarse solo con una indemnización tardía.
  • Sanciones y solución de controversias. Multas por incumplimiento, pérdida de ciertos derechos, cláusulas de compra forzada y un foro claro —conciliación, arbitraje o jurisdicción ordinaria— le dan dientes al documento. Un pacto sin consecuencias por incumplirlo es apenas una declaración de buenas intenciones.

Hay, además, un límite de fondo que el redactor no debe perder de vista: por bien diseñado que esté el mecanismo, no puede usarse para imponer un resultado que desconozca el régimen de mayorías de los estatutos. Como precisó la Superintendencia en el Oficio 220-099807 de 2023, el pacto debe poder "interactuar" con el contrato social, no contradecirlo; un acuerdo que pretenda forzar votaciones contrarias a lo estatutario nace con un flanco abierto a ser discutido.

Cuando el conflicto escala a abuso, la ley añade un respaldo de fondo. El artículo 43 de la Ley 1258 de 2008 sanciona el abuso del derecho de voto —de mayoría, de minoría o de paridad— con nulidad de la decisión e indemnización de perjuicios, y atribuye el conocimiento de esos casos a la Superintendencia de Sociedades. Y el artigo 24 recuerda el límite estructural: el pacto rige por un máximo de diez años. Lo prudente es revisar cumplimiento y vigencia con cierta periodicidad, no archivarlo y olvidarlo.

Las fallas que se repiten

Errores frecuentes al firmar pactos entre socios

No suelen ser errores escandalosos, sino omisiones que nadie nota el primer día y que reaparecen cuando ya hay dinero o desacuerdos de por medio. Estos son los más costosos:

  • Copiar modelos extranjeros que responden a otra ley y a otra realidad societaria, con figuras que en Colombia no encajan o que chocan con la Ley 1258.
  • Pactar derechos que chocan con los estatutos —en especial el régimen de mayorías—, de modo que ninguno de los dos documentos resulta confiable; un riesgo que la propia Superintendencia advirtió en el Oficio 220-099807 de 2023.
  • Dejar fórmulas de valoración ambiguas, que convierten cada salida en una nueva negociación o en un pleito.
  • Olvidar las obligaciones de confidencialidad y no competencia, justo lo que protege el conocimiento del negocio.
  • No prever empates ni mecanismos de desempate en sociedades 50/50.
  • No depositar el pacto ante la sociedad, con lo que esta no queda obligada a acatarlo en lo que le concierne.
  • Ignorar la fecha: dejar vencer el plazo de diez años sin prorrogarlo a tiempo (art. 24).

También es riesgoso firmar el pacto después de que el conflicto ya explotó, cuando cada socio defiende la lectura que más le conviene. Aun así, puede servir para renegociar las reglas si todos entienden algo simple: la empresa vale más viva que bloqueada.

El escudo y sus límites

El pacto protege, pero no es un blindaje frente al fraude

Un buen pacto reduce conflictos y ordena la salida de los socios, pero no convierte a la sociedad en un refugio para hacer daño. Conviene tener clara esta frontera antes de confiar todo a un documento.

La responsabilidad limitada es constitucional, con un contrapeso

Na Sentencia C-090 de 2014 (M.P. Mauricio González Cuervo), a Corte Constitucional declarou exequible (constitucional) que o acionista responda apenas até o montante de seu aporte —inclusive diante de obrigações trabalhistas— precisamente porque a lei prevê um contrapeso: a desconsideração da personalidade jurídica y la sanción al abuso del derecho de voto (artículos 42 y 43 de la Ley 1258 de 2008), que la Superintendencia de Sociedades puede declarar ante el fraude o el perjuicio a terceros. En la práctica: el pacto y la estructura de la SAS protegen el patrimonio de cada socio y ordenan sus relaciones, pero ese escudo cae si la sociedad se usa para defraudar o si se confunde la caja personal con la de la empresa. Diseñar reglas claras es, también, la mejor defensa frente a una acusación de abuso.

Ler a Sentencia C-090 de 2014 →

Según su tipo de sociedad

Matriz prática de decisão

El mismo pacto no sirve para todos. Esta matriz resume qué revisar y cuál suele ser el primer movimiento prudente según la situación de la sociedad.

SituaçãoQué revisarPrimer movimiento prudente
Socios 50/50Empates, administración, salida forzada y compra de participación.Definir mecanismos de desempate y una fórmula de valoración clara.
Inversionista minoritarioDerechos de información, veto, arrastre y acompañamiento.Equilibrar el control del fundador con la protección del inversionista.
Empresa familiarTrabajo de familiares, dividendos, sucesión, salarios y venta.Separar las reglas de familia, propiedad y administración.

Antes de firmar, márquelas

Checklist de cláusulas que deberían quedar resueltas

Use esta lista como un control rápido. Marque cada punto a medida que lo resuelve con su abogado; lo que quede sin marcar es justo lo que conviene definir antes de firmar el pacto o registrar la sociedad.

  • Gobierno — decisiones reservadas: ¿qué actos exigen aprobación calificada y no pueden decidirse por mayoría simple, sin contradecir las mayorías de los estatutos?
  • Gobierno — quórums, mayorías y veto: ¿qué umbrales rigen cada tipo de decisión y quién tiene derecho de veto?
  • Gobierno — desempate e información: ¿cómo se rompe un empate y qué información financiera recibe cada socio?
  • Salida — preferencia, arrastre y acompañamiento: ¿están pactados el derecho de preferencia, el drag along y el tag along?
  • Salida — valoración y forma de pago: ¿hay una fórmula clara para valorar la participación y plazos para pagarla?
  • Protección — confidencialidad y no competencia: ¿qué obligaciones rigen mientras se es socio y por cuánto tiempo después?
  • Protección — propiedad intelectual y sanciones: ¿de quién es la marca, el software o el dominio, y qué pasa si alguien incumple el pacto?
  • Formalidad — depósito y vigencia: ¿se depositó el pacto ante la sociedad y está controlada la fecha de vencimiento de los diez años?

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Fontes e normas citadas

Contenido preparado por Cafore Abogados para orientación general en Colombia. No reemplaza una revisión de documentos, plazos, pruebas, autoridades, contratos o decisiones concretas; la estrategia depende de los socios, la actividad económica y la ciudad de registro. Última revisión editorial: mayo de 2026.

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Esclarecemos suas dúvidas

Perguntas frequentes sobre direito societário

O que é uma SAS e por que é a forma societária mais usada na Colômbia?
A Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) é um tipo societário criado pela Ley 1258 de 2008 que se constitui mediante documento particular, admite um único acionista e oferece grande flexibilidade estatutária. Sua popularidade deve-se a que os acionistas respondem apenas até o montante de seus aportes e a que os estatutos podem adaptar-se com amplitude às necessidades de cada projeto empresarial.
Como se constitui uma SAS na Colômbia passo a passo?
A SAS constitui-se mediante documento particular com reconhecimento notarial de firmas ou mediante escritura pública se forem aportados bens sujeitos a registro, conforme o artigo 5 da Ley 1258 de 2008. Esse documento deve ser inscrito no Registro Mercantil da Cámara de Comercio do domicílio principal, momento em que a sociedade adquire personalidade jurídica.
Os acionistas de uma SAS respondem com seu patrimônio pessoal pelas dívidas da empresa?
Conforme o artigo 1 da Ley 1258 de 2008, os acionistas respondem até o montante de seus respectivos aportes, de modo que seu patrimônio pessoal fica separado do da sociedade. No entanto, essa proteção pode ser afastada se ficar comprovado que a sociedade foi usada em fraude à lei ou em prejuízo de terceiros, figura conhecida como desconsideração da personalidade jurídica.
Quais cláusulas são obrigatórias nos estatutos de uma SAS?
O artigo 5 da Ley 1258 de 2008 exige que os estatutos contenham razão social, domicílio, prazo de duração, objeto social, capital autorizado, subscrito e pago, forma de administração e causas de dissolução se houver interesse em pactuar alguma. A ausência de algum desses elementos pode gerar problemas de registro ou de validade da atuação societária posterior.
¿El pacto de accionistas reemplaza los estatutos?
No. Los complementa. Los estatutos son el documento público de la sociedad; el pacto es el acuerdo entre socios que baja al detalle de su relación. Conviene que pacto y estatutos estén coordinados para evitar contradicciones, sobre todo en las reglas de transferencia de acciones, que se apoyan en los artículos 13 y 24 de la Ley 1258 de 2008. La Superintendencia de Sociedades fue clara en el Oficio 220-099807 de 2023: el pacto no puede desconocer aisladamente el régimen de mayorías fijado en los estatutos.
¿Sirve en una SAS familiar?
Sí, especialmente para separar los roles de familia, trabajo, propiedad, sucesión y administración. En una empresa familiar el pacto ayuda a que los desacuerdos personales no se conviertan en bloqueos de la compañía, y a ordenar de antemano la entrada de las siguientes generaciones, los dividendos y los salarios de los familiares que trabajan en el negocio.
¿Qué pasa si un socio incumple el pacto?
Depende de lo que se haya pactado: sanciones, mecanismos de compra forzada, cláusulas de solución de controversias y la prueba del incumplimiento. Si el pacto está depositado ante la sociedad, puede pedirse su ejecución; varios de estos conflictos los conoce la Superintendencia de Sociedades por proceso verbal sumario. Además, si el incumplimiento implica un abuso del derecho de voto, el artículo 43 de la Ley 1258 de 2008 permite pedir la nulidad de la decisión y la indemnización de perjuicios ante la Superintendencia.
¿Puede el pacto cambiar las mayorías fijadas en los estatutos?
No aisladamente. Según el Oficio 220-099807 de 2023 de la Superintendencia de Sociedades, no basta con que lo pactado sea lícito: también debe poder interactuar con lo previsto en los estatutos. El régimen de mayorías y las demás reglas estatutarias no pueden ser desconocidos por un acuerdo entre algunos accionistas. Si los socios quieren cambiar esas mayorías, el camino correcto es reformar los estatutos, no firmar un pacto que los contradiga. (Los conceptos de la Superintendencia son orientaciones generales y no de obligatorio cumplimiento, conforme al artículo 28 del CPACA.)
¿Cuánto tiempo dura un pacto de accionistas?
El artículo 24 de la Ley 1258 de 2008 fija una vigencia máxima de diez años, prorrogable por voluntad unánime de quienes lo suscriben. Por eso conviene revisar la fecha con anticipación: dejar vencer el plazo sin prorrogarlo deja a la sociedad sin las reglas que tanto costó acordar.
¿En qué se diferencian el arrastre y el acompañamiento?
El arrastre (drag along) permite que quien recibe una oferta por toda la compañía obligue a los demás a vender en las mismas condiciones, para no perder una venta total. El acompañamiento (tag along) protege al minoritario: si el mayoritario vende, el minoritario tiene derecho a sumarse a esa venta en igualdad de condiciones. Suelen pactarse juntos porque equilibran los intereses de mayoría y minoría.
¿El pacto puede mantenerse reservado?
Sí. A diferencia de los estatutos, que se inscriben en la Cámara de Comercio, el pacto puede mantenerse confidencial entre los socios. Para que la sociedad quede obligada a acatarlo en lo que le concierne, conviene depositarlo ante la administración, como contempla el artículo 24.

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