Atualizado em 16 de junho de 2026 · Fabio Castro Forero
Constituir empresa con inversionistas en Colombia: errores frecuentes en acciones, control y salida
Antes de recibir inversión, la empresa debe ordenar acciones, valoración, control, información, salida, dilución y documentos de la operación.
Fundadores e inversión
La inversión debe fortalecer, no capturar la empresa. Antes de aceptar dinero, conviene ordenar acciones, control, veto, información, propiedad intelectual y salida.Constituir empresa en Colombia con inversionistas: errores frecuentes en acciones, control y salida
Constituir una empresa con inversionistas exige mucho más que abrir una SAS y repartir porcentajes. El dinero que entra trae consigo poder, expectativas, derecho a información, una ruta de salida y, casi siempre, una discusión futura sobre cuánto vale la compañía. Si lo único que se define es el porcentaje inicial, el conflicto queda sembrado para el día en que los objetivos dejen de coincidir.
La buena noticia es que la sociedad por acciones simplificada (SAS) fue diseñada precisamente para esto. La Lei 1258 de 2008 da una libertad estatutaria amplia para crear clases de acciones a la medida (art. 10), restringir quién puede comprar y vender (art. 13), ordenar la convivencia entre fundadores e inversionistas con un acuerdo de accionistas (art. 24) y diferir el pago del capital hasta por dos años (art. 9). Esa caja de herramientas permite que una inversión fortalezca la empresa en lugar de capturarla; pero solo sirve si se usa antes de recibir el dinero, no después. Esta guía recorre las decisiones que conviene tomar antes de aceptar inversión —qué se está vendiendo, cómo se reparten control y derechos económicos, qué puede pedir un inversionista sin paralizar la operación y cómo se diseña una salida ordenada—, apoyada en la norma que respalda cada punto y, donde aporta, en la doctrina de la Superintendencia de Sociedades.
Em resumoPara recibir inversión, la empresa debe nacer preparada para tres momentos: la entrada del inversionista, la operación con reglas de control y la salida o nueva ronda. La SAS lo permite con herramientas concretas: distintas classes e séries de ações —incluidas las de dividendo preferencial sin voto— (art. 10), restricciones para negociar acciones por hasta diez años (art. 13), acordos de acionistas por hasta diez años prorrogables (art. 24) y pago del capital diferido hasta por dos años (art. 9), todo bajo la Lei 1258 de 2008. Eso sí: la SAS no puede inscribir sus acciones en el Registro Nacional de Valores ni negociarlas en bolsa (art. 4), prohibición que la Corte Constitucional confirmó en 2025.
A ideia central
La regla práctica: la empresa debe nacer pensando en tres momentos
Si va a recibir inversión, conviene diseñar la empresa pensando en tres momentos distintos, no en uno solo. El primero es la entrada: cómo ingresa el inversionista, con qué figura, a cambio de qué porcentaje y bajo qué condiciones de desembolso. El segundo es la operación: quién decide qué en el día a día, qué decisiones exigen aprobación reforzada y qué información recibe cada parte. El tercero es la salida o la nueva ronda: cómo se vende, cómo se valora y qué pasa si los objetivos cambian. Cuando solo se acuerda el porcentaje inicial, se resuelve apenas el primer momento y se dejan los otros dos a la improvisación.
La diferencia entre una inversión sana y una problemática rara vez está en el monto: está en si la estructura distingue con claridad liquidez de Propriedade:, y Controle. de rentabilidad. Un inversionista puede aportar caja sin volverse dueño de la operación, recibir utilidades sin gobernar la compañía y protegerse frente a decisiones de fondo sin bloquear las ordinarias. La SAS permite separar esos planos con precisión, y ese es el trabajo que conviene hacer antes de firmar.
Respuesta rápidaUna inversión bien estructurada responde, por escrito y antes del desembolso, a seis preguntas: qué figura tiene el dinero (capital, deuda o anticipo), qué porcentaje y sobre qué valoración, qué derechos políticos trae (voto, vetos, información), qué derechos económicos (dividendos, preferencias, antidilución), cómo se sale e qué ocurre si alguien incumple. Si esas seis respuestas no están en un documento, la inversión todavía no está cerrada, aunque el dinero ya se haya transferido.
Antes de recibir el dinero
¿Qué debe estar claro antes de recibir inversionistas?
Antes de constituir una empresa con inversionistas, el fundador debe saber con exactitud qué está vendiendo. No es lo mismo entregar acciones que prometer acciones; no es igual una deuda convertible que un préstamo simple; y un anticipo comercial, una alianza o una participación futura producen efectos muy distintos en el control, el riesgo, los impuestos, la información y la salida. Lo verdaderamente peligroso es aceptar dinero con una frase ambigua —"luego cuadramos los papeles"— y documentar después, cuando el negocio ya empezó a valer y cada parte recuerda la conversación a su favor.
Una inversión sana fortalece la empresa sin capturar su operación. Para lograrlo hay que definir, desde el primer documento, la valoración, el porcentaje, las condiciones de desembolso, los derechos de información, qué decisiones tendrán veto, cómo se manejará la dilución, qué pasa con la propiedad intelectual, en qué se usarán los fondos, cómo se sale y qué consecuencias hay si alguna parte incumple. No se trata de redactar más páginas, sino de decidir por adelantado lo que de otro modo se discutiría en plena tensión.
- El dinero no debería entrar antes de saber si será capital, deuda ou anticipo condicionado: cada figura cambia la contabilidad, el riesgo y los derechos.
- El inversionista puede tener protección real sin Para sócios
- La marca, el software y los contratos deben estar ordenados antes Para ativos
Una inversión mal documentada puede terminar siendo más costosa que no haber recibido inversión. Alinear acciones, control, información y expectativas desde el primer documento es la forma más barata de evitar un conflicto caro.
Lo que más se repite
Errores frecuentes al recibir inversión
Cuatro errores concentran buena parte de los conflictos que aparecen meses o años después de recibir el dinero. No son escandalosos el primer día; reaparecen cuando hay caja, desacuerdos o una nueva ronda de por medio.
El corazón del diseño
Acciones, derechos y control
La SAS ofrece una flexibilidad poco común para diseñar la estructura accionaria, y ahí está la clave para recibir inversión sin perder el rumbo de la empresa. El artículo 10 de la Ley 1258 de 2008 permite crear distintas classes e séries de ações con derechos diferentes: ordinarias, privilegiadas y —especialmente útiles para un inversionista— acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto. Esa última clase resuelve un problema típico: el inversionista que busca rentabilidad y prioridad en el reparto de utilidades, pero que no pretende gobernar el día a día, recibe una preferencia económica a cambio de renunciar al voto ordinario. El fundador conserva la dirección; el inversionista, una posición económica protegida. Definirlo desde el inicio evita renegociar el poder cada vez que entra capital nuevo.
Conviene además preguntarse qué decisiones exigirán aprobación reforzada: la emisión de nuevas acciones, la toma de deuda relevante, la venta de activos, los cambios de objeto, la contratación con partes relacionadas, el reparto de dividendos o la venta de la empresa. Esa lista de "decisiones reservadas" es el verdadero mapa del control. La siguiente tabla ordena los cuatro documentos que sostienen una inversión y la función que cumple cada uno.
| Documento o regla | Qué debe resolver | Por que importa |
|---|---|---|
| Estatutos | Capital, clases y series de acciones si aplican, mayorías, quórum y forma de administración (arts. 9, 10 y 22). | RNBD — SIC: |
| Acuerdo de inversión | Monto, fecha, condiciones de desembolso, hitos y consecuencias de incumplir. | Evita que el aporte quede como una promesa imprecisa sin obligación clara. |
| Acordo de acionistas | Voto, información, transferencia de acciones, salida, no competencia y solución de bloqueos (art. 24). | Ordena la convivencia entre fundadores e inversionistas y destraba conflictos. |
| Actas | Aprobación de la emisión, ingreso del inversionista y decisiones sensibles (art. 189 del Código de Comercio). | Passo 01 |
Sobre la emisión conviene tener presente el artículo 9: en la SAS, la suscripción y el pago del capital pueden pactarse en condiciones, proporciones y plazos distintos de los del Código de Comercio, con un límite —el pago de las acciones suscritas no puede diferirse por más de dois anos—. Ese margen es útil para estructurar el ingreso de un inversionista por tramos, siempre que los estatutos y el acuerdo de inversión definan qué ocurre si alguien no paga a tiempo.
El otro lado de la mesa
Qué debe cuidar el fundador
Recibir inversión no debería costarle al fundador la capacidad de operar la empresa. Hay tres entregas que conviene pensar dos veces antes de aceptar: dar veto sobre decisiones ordinarias —no estructurales—, que paraliza la gestión diaria; permitir acceso ilimitado a información sensible, que expone clientes, márgenes y estrategia; y aceptar una salida obligatoria que destruya la caja, por ejemplo una recompra forzosa en un plazo que la empresa no puede financiar. Ninguna de las tres es inevitable: todas se pueden acotar en los estatutos y en el acuerdo de accionistas.
El fundador también debe proteger los activos que dan valor a la empresa antes de negociar acciones: la marca, el software, los contratos, el equipo y, en general, la propiedad intelectual. Si esos activos están a nombre de una persona natural o de otra sociedad, la compañía puede estar vendiendo participación sobre algo que en realidad no controla. Aquí la herramienta del artículo 10 vuelve a ser útil: si necesita conservar la dirección mientras diluye su participación, puede estructurarse la entrada del inversionista con acciones de dividendo preferencial sin voto, de modo que el capital entre con prioridad económica pero sin desplazar el control. Lo que no conviene es resolver ese equilibrio de palabra y descubrir, en la primera asamblea tensa, que nadie lo dejó por escrito. Si la compañía es una startup, revise antes el diseño legal de startups: socios, inversión y propiedad intelectual.
Cuándo encender la alarma
Señales de una inversión que requiere revisión legal
No toda inversión necesita una negociación compleja, pero algunas señales indican que conviene revisar la estructura con cuidado antes de firmar. Cada una de ellas apunta a un riesgo concreto sobre el control, la valoración o la titularidad de los activos.
- El inversionista exige control aunque su aporte sea minoritario, pidiendo vetos amplios o mayorías especiales desproporcionadas.
- Hay promesas de inversión por etapas o condicionadas a resultados, sin criterios verificables para medir cada hito.
- Se quiere vincular trabajo, dinero y acciones Passo 02
- La empresa aún no tiene marca, software o contratos bien documentados, de modo que no es dueña clara de lo que dice vender.
- Hay posibilidad de una nueva ronda, venta futura o entrada de socios estratégicos, lo que exige dejar previstas la dilución y la salida desde ahora.
Cuando aparecen dos o más de estas señales juntas, el costo de revisar la estructura en frío es casi siempre menor que el de corregirla cuando ya hay dinero desembolsado y posiciones encontradas.
Liquidez no es propiedad
No todo dinero externo debe convertirse en acciones
Passo 03 liquidez —la necesidad de caja— de la Propriedade: —las acciones y los derechos políticos que vienen con ellas—.
| Figura | Cuándo puede servir | Riesgo a revisar |
|---|---|---|
| Passo 04 | Cuando el inversionista entra como accionista desde el inicio y comparte el riesgo del proyecto. | Dilución, derechos políticos, valoración y reformas estatutarias (arts. 9 y 10). |
| Préstamo | Cuando la empresa necesita caja sin entregar propiedad de inmediato. | Intereses, vencimiento, garantías y capacidad real de pago. |
| Inversión por hitos | Cuando el desembolso depende de ventas, producto, licencias o clientes. | 368 dias |
| Acuerdo comercial | 250 volumes | Confundir la exclusividad comercial con el control societario. |
| Derecho futuro | Cuando se promete participación sujeta a eventos por venir. | Promesas informales sin valoración ni aprobación societaria formal. |
Elegir bien la figura no es un tecnicismo: define quién manda, quién cobra primero y qué pasa si el negocio no sale como se esperaba. Un mismo aporte puede ser deuda que se devuelve, capital que comparte pérdidas o un anticipo que se cruza con ventas futuras; cada camino reparte el riesgo de manera distinta.
Supervisar sin paralizar
Derechos del inversionista sin entregar la empresa
El inversionista suele pedir cuatro cosas: información, protección frente a la dilución, participación en las decisiones relevantes y una ruta de salida. Todas pueden ser razonables. El problema aparece cuando los vetos cubren la operación diaria, cuando el acceso a la información expone secretos comerciales o cuando la salida obligatoria compromete la caja. El equilibrio correcto permite Gyptec S.A.: el inversionista protege los cambios de fondo y el fundador conserva la capacidad de ejecutar.
Hay un punto donde estos derechos se cruzan con el diseño de la sociedad: la relación entre los Estatutos e o acordo de acionistas del artículo 24. Es tentador pactar por fuera lo que no se quiso discutir en los estatutos; pero los dos instrumentos no tienen la misma jerarquía, y confundirlos es una fuente silenciosa de conflictos. Sobre esto, la Superintendencia de Sociedades ha sido clara.
El acuerdo con el inversionista no puede desconocer el régimen de mayorías de los estatutos
No Oficio 220-099807 de 16 de maio de 2023 (assunto: SAS — pacto entre acionistas), a Superintendencia de Sociedades (a autoridade colombiana que supervisiona as sociedades) lembrou que um acordo de acionistas do artigo 24 pode versar sobre qualquer assunto lícito, mas que "não basta que o assunto seja lícito; também se requer que seja possível sua interação com o que está normatizado… nos estatutos sociais". Em outras palavras: o regime de maiorias e as demais regras fixadas nos estatutos não podem ser afastados isoladamente por um acordo entre alguns acionistas, e o sentido do voto pactuado não deve conflitar com o contrato social.
Passo 06 compatibles con los estatutos. Si el acuerdo promete un veto, una preferencia o una mayoría que los estatutos no permiten, lo prudente es reformar primero los estatutos para que ambos documentos digan lo mismo. Conviene recordar que los conceptos de la Superintendencia son orientaciones generales y no son de obligatorio cumplimiento (art. 28 del CPACA), pero reflejan el criterio de la autoridad que vigila a las sociedades y ayudan a anticipar cómo se leería un conflicto.
Ler o Oficio 220-099807 de 2023 →Antes de la firma
Preguntas que el fundador debe contestar antes de firmar
Muchos conflictos se evitan simplemente respondiendo, por escrito y con el inversionista presente, un puñado de preguntas. Estas son las conversaciones que conviene tener mientras todavía hay buena fe; cada respuesta apunta a una cláusula que la SAS permite diseñar.
- Passo 07
- ¿El dinero entra todo al inicio o por etapas verificables, dentro del plazo de pago que permite el artículo 9?
- ¿Qué ocurre si el inversionista no desembolsa completo lo prometido?
- art. 24
- ¿Qué información se entregará y con qué reglas de confidencialidad?
- ¿La inversión diluye a todos por igual o afecta solo a ciertos fundadores?
- ¿Cómo sale el inversionista si la empresa no se vende ni reparte dividendos pronto (art. 24)?
La debida diligencia
Documentos que un inversionista serio suele pedir
Un inversionista que sabe lo que hace no decide solo con una buena presentación. Antes de poner el dinero revisa la documentación de la empresa, y la ausencia de cualquiera de estos documentos es, en sí misma, una señal de alerta sobre el orden de la compañía.
| Documento | Passo 08 | Señal de alerta si falta |
|---|---|---|
| Estatutos actualizados | Capital, clases de acciones, administración y reglas de emisión (arts. 9 y 10). | No se sabe cómo entra el inversionista legalmente. |
| Actas y libro de accionistas | Trazabilidad de las decisiones y titularidad real de las acciones. | Passo 09 |
| Contratos clave | Ingresos, clientes, proveedores, obligaciones y riesgos del negocio. | Ventas importantes documentadas solo por mensajes o propuestas incompletas. |
| Propiedad intelectual | Marca, software, dominio, contenidos y sus cesiones a la sociedad. | Passo 10 |
| Información financiera | Caja, deuda, ingresos, costos y obligaciones tributarias. | Valoración basada en entusiasmo, sin números verificables. |
Tener estos documentos al día antes de buscar inversión cumple una doble función: acelera la debida diligencia y fortalece la posición del fundador. Una empresa ordenada se valora mejor y entrega menos control para conseguir el mismo capital.
El costo de improvisar
Passo 11
Algunas decisiones tomadas a la ligera al recibir la primera inversión se pagan caro en la siguiente ronda. El primer error es prometer porcentajes a varias personas sin una tabla de capitalización que muestre con claridad quién tiene qué. El segundo es entregar Passo 12 a un inversionista pequeño, lo que después espanta a inversionistas mayores que no quieren depender de un tercero minoritario. El tercero es aceptar dinero sin definir si la empresa debe devolverlo cuando no se cumplen las condiciones. Y el cuarto es negociar la valoración sin tener la marca, el software, los contratos y los libros en orden.
También puede salir caro ocultar riesgos. Un inversionista sofisticado revisará deudas, conflictos entre socios, contingencias laborales, contratos vencidos, obligaciones tributarias y la titularidad de los activos. Si esos temas aparecen tarde, en plena debida diligencia, puede exigir más control, una valoración menor o garantías personales del fundador. La transparencia temprana, lejos de debilitar la posición, suele protegerla.
Una advertencia de planeación: la SAS no cotiza en bolsa
Si en el horizonte está captar inversión en el mercado público de valores, conviene saberlo desde ahora. El artículo 4 Passo 13 Sentencia C-038 de 2025 (M.P. Cristina Pardo Schlesinger), que declaró inexequible —por violar la regla de unidad de materia (art. 158 de la Constitución)— el artículo 261 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo), que pretendía permitir a las SAS negociar sus acciones en el mercado de valores. Como el reparo de la Corte fue de forma y no de fondo, hoy la prohibición del artículo 4 sigue vigente, pero podría reintroducirse por una ley ordinaria; por eso conviene revisar el punto antes de proyectar una salida a bolsa a largo plazo. En la práctica: si su plan a futuro contempla salir a bolsa o captar del público inversionista, conviene evaluar desde ya otra estructura societaria y dejarlo previsto antes de levantar capital privado.
Leer la Sentencia C-038 de 2025 →Cada caso, su postura
Escenarios de inversión y postura recomendada
No toda inversión se negocia igual. La figura, las cautelas y el documento prioritario cambian según quién aporta el dinero y qué busca a cambio. Esta tabla resume cuatro situaciones frecuentes y la postura que suele convenir en cada una.
| Escenario | Postura recomendada | Documento prioritario |
|---|---|---|
| Un amigo o familiar aporta capital | No confiar solo en la cercanía; definir desde el inicio si es préstamo o acciones. | Contrato de préstamo o acuerdo de inversión. |
| Inversionista estratégico que quiere clientes o exclusividad | Separar la inversión del acuerdo comercial para no confundir capital con relación de negocio. | Acuerdo comercial y estatutos revisados. |
| Ronda por etapas | Medir los hitos con criterios verificables y atar el desembolso a su cumplimiento. | Contrato de inversión por tramos (art. 9). |
| Entrada de un socio técnico con inversión baja | Distinguir con claridad el trabajo, la propiedad intelectual y el capital. | Contrato de desarrollo, vesting y acuerdo de socios. |
En todos los casos, el hilo conductor es el mismo: el documento prioritario debe firmarse antes del desembolso. El orden —primero el acuerdo, luego el dinero— es lo que mantiene la negociación bajo control.
Antes de firmar, márquelas
Lista de verificación antes de aceptar inversión
Use esta lista como um controle rápido. Marque cada ponto à medida que o resolve com o seu advogado; o que ficar sem marcar é justamente o que convém definir antes de constituir a empresa ou antes que apareça a primeira discussão séria.
- Figura del dinero: ¿quedó claro por escrito si el aporte es capital, deuda o anticipo, con sus consecuencias contables y de riesgo?
- Valoración y porcentaje: ¿el porcentaje se apoya en una valoración o método, y no en una cifra improvisada?
- Clases de acciones: ¿conviene que el inversionista entre con acciones de dividendo preferencial sin voto para separar rentabilidad de control (art. 10)?
- Desembolso y plazos: ¿el pago entra de una vez o por tramos, dentro del plazo máximo de dos años que permite el artículo 9?
- Vetos y decisiones reservadas: ¿los vetos cubren solo lo estructural y dejan libre la operación ordinaria?
- Información y confidencialidad: ¿qué reportes recibe el inversionista y con qué límites sobre datos sensibles?
- Salida pactada: ¿hay ruta de salida con precio, procedimiento y plazos realistas (art. 24)?
- Activos clave: ¿la marca, el software y los contratos están a nombre de la sociedad antes de valorar la empresa?
- Coherencia documental: ¿el acuerdo de accionistas respeta el régimen de mayorías y las reglas de los estatutos?
Para continuar lendo
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Si quiere profundizar antes de estructurar su ronda o recibir un inversionista, estas lecturas y servicios pueden ayudarle a tomar mejores decisiones:
- Advogado em direito das sociedades para estructurar la inversión, las clases de acciones, los estatutos y las reglas de gobierno corporativo a la medida del negocio.
- Direito societário: guia essencial para empresas e empreendedores, para entender el panorama completo antes de decidir cómo entra el capital.
- Direito comercial e as sociedades mercantis na Colômbia, para ubicar a la SAS dentro del marco general antes de recibir inversionistas.
Para que você mesmo possa verificar
Fontes e normas citadas
- Lei 1258 de 2008 — sociedad por acciones simplificada (texto oficial, Función Pública): arts. 1 (responsabilidade limitada ao aporte), 2 (pessoa jurídica ao inscrever), 5 (constituição por documento particular, objeto e duração), 26 (representação legal) e 42 (desconsideração da personalidade jurídica, ou levantamento do véu societário).
- Superintendencia de Sociedades, Oficio 220-099807 de 16 de maio de 2023 — SAS: el pacto entre accionistas debe ser compatible con los estatutos y no puede desconocer el régimen de mayorías (concepto general, art. 28 del CPACA).
- Corte Constitucional, Sentencia C-038 de 2025 — las SAS no pueden negociar sus acciones en bolsa; sigue vigente la prohibición del artículo 4.
- Superintendencia de Sociedades — Cien preguntas y respuestas sobre la SAS (guia geral).
- Para la identificación de los beneficiarios finales de la sociedad, consulte el Registro Único de Beneficiarios Finales (DIAN).
Conteúdo preparado por Cafore Abogados para orientação geral na Colômbia. A estratégia concreta depende dos documentos, da cidade de registro, dos sócios, da atividade econômica e das decisões pendentes. Última revisão editorial: junho de 2026.
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